Viernes 23 Mayo 2025
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Nino Di Matteo: ”La mediación significa rendirse a la violación de los principios constitucionales”
 
También Ardita en contra
 
Por Giorgio Bongiovanni y Luca Grossi-29 de julio de 2021

Al término de un acalorado debate, el Consejo Superior de la Magistratura (CSM), reunido en sesión plenaria, aprobó con 16 votos a favor 3 en contra y 4 abstenciones- el primer dictamen sobre la reforma de la justicia firmado por Marta Cartabia.

Una decisión histórica que provocó, en virtud de los temas tratados, profundas fisuras y divisiones.

"O se está de un lado, en el sentido de que se está convencido de la defensa de ciertos principios o, legítimamente, pero asumiendo la responsabilidad y autoría de las opiniones, se piensa diferente", dijo el consejero togado del CSM, Nino Di Matteo, quien, durante su intervención enumeró los puntos críticos de la reforma, comenzando por el régimen de 'no proceder' y la causa de la extinción de los juicios en el plazo de dos años en la Apelación y uno en la Casación.

"En mi opinión, la entrada en vigencia del régimen de 'no proceder' será la causa de un aumento exponencial de la impunidad, incluso para delitos muy graves" además de "ser la causa de un aumento también exponencial de la mortificación de los derechos y expectativas de los ciudadanos que son víctimas de los crímenes" y "constituirá un motivo para avivar aún más un sentimiento de desconfianza ya generalizado de los ciudadanos hacia una justicia incapaz de llegar a una valoración de los méritos de la culpabilidad o inocencia del acusado". Para Di Matteo, estos factores convertirían al sistema judicial en "una máquina de denegar justicia", ya que el régimen de 'no proceder' "tal como se concibe también provocaría la consecución de evidentes ventajas para las organizaciones mafiosas" ya que los procesos judiciales imputables a los acusados ​​mafiosos muy a menudo son "particularmente complejos" tanto en términos "del número de imputados como de la gravedad de las acusaciones formuladas contra ellos". Por tanto, estos factores van a incidir necesariamente en la duración media de los procesos, especialmente los de apelación, garantizando un régimen de impunidad sustancial. Además, según Di Matteo, "no se tuvo en cuenta la estructura particular de los juicios a la mafia y la fase previsible de reapertura del debate en la apelación". Y, por otra parte, en los juicios a la mafia tampoco se tuvo en cuenta "la adquisición de pruebas", lo que, dijo el magistrado, "en la mayoría de los casos también se da in itinere, a través de nuevas adquisiciones: por ejemplo, a través de colaboradores de justicia o nuevas escuchas telefónicas y ambientales".

¿Cómo se comportarán entonces los fiscales, en previsión de un procedimiento de "muerto antes de comenzar"?

Para Di Matteo no hay dudas: "Las fiscalías de la República tenderán prudentemente a limitar el ejercicio de la acción penal" sobre todo si conduce a la celebración de los "llamados maxi procesos, que más que los demás, por supuesto, correrán el riesgo de hacerse humo en las instancias de Apelación y Casación".

Este desmembramiento de los maxi procesos conducirá inevitablemente a "una multiplicación de diferentes juicios en los que en cada uno de ellos sólo se imputarán a unos pocos sujetos y por unos pocos cargos" y esto también dañaría "esa visión conjunta y global que debe tener el juez" sobre todo en lo que respecta a "fenómenos, delitos y acusados ​​cuya posición está estrechamente relacionada".

En otras palabras, prosiguió el magistrado, "cerraremos para siempre el capítulo de los grandes juicios a la mafia que se abrió en los años '80 en Palermo a instancias de Giovanni Falcone".

Múltiples críticas

La reforma, que debería reducir el número de procesos y asegurar la duración razonable de los mismos, resultará ser, en cambio, una verdadera 'fábrica de juicios' ya que, como explica Di Matteo, "producirá una multiplicación de las apelaciones" ya que "incluso los condenados en primera instancia sobre la base de pruebas contundentes o de su confesión, apelarán y luego irán a la Casación en espera y con la esperanza de una posible declaración de no proceder".

Pero la crítica más dura del magistrado se refirió al punto inherente al criterio de prioridad en el ejercicio de la acción penal, que, tal y como está redactado en la reforma, debe ser señalado por el Parlamento: "La mediación sobre este punto significa rendirse a la violación de principios constitucionales", dijo Di Matteo, señalando que esto representa "una herida evidente. Una incisión que puede ensancharse en el futuro", lo que conducirá a una "violación del principio de separación de poderes y de la independencia del poder judicial" y del "principio igualmente importante sancionado por el artículo 112 de la Constitución sobre la obligatoriedad de la acción penal".

¿Cuál es la razón? "Es una norma que tiende a orientar la delicada fase de las averiguaciones preliminares" hacia la "persecución de tipos específicos de delitos atribuibles a áreas delictivas cuya identificación reflejará inevitablemente a las mayorías políticas del momento de cualquier color que sean".

La cuestión de la libertad y la igualdad de los ciudadanos

En este punto queda claro que con la reforma la intención es socavar los cimientos mismos de la independencia del poder judicial, ahora bien ¿cuál fue el principal caballo de batalla de los consejeros y personajes (tanto dentro como fuera del CSM) que están a favor de la reforma? El dinero. Precisamente el que la Unión Europea le habría prometido a nuestro país. De hecho, durante la sesión, el consejero de Forza Italia, Lanzi, habló de 'Realpolitik', anteponiendo la necesidad de apoderarse del dinero de Bruselas a la Constitución. En este sentido, el consejero Di Matteo quiso subrayar que "con respecto a las necesidades de la 'Realpolitik' subrayadas por el consejero Lanzi y la necesidad, repetidamente recordada, de obtener fondos europeos, yo personalmente sigo pensando que principios constitucionales como el de la igualdad de todos los ciudadanos ante la ley, el enjuiciamiento obligatorio y el principio de reivindicación punitiva del Estado ejercido para proteger la libertad de los ciudadanos, no pueden retroceder ni siquiera ante necesidades de este tipo".

El riesgo de la revelación forzosa

Los puntos tratados por el magistrado también tocaron áreas de carácter técnico como la revelación forzosa de los documentos de investigación, ya que se produciría el levantamiento del secreto "de todos los actos de investigación en caso de que el fiscal no haya ejercido la acción penal o pedido el archivo dentro del plazo respectivo". Di Matteo dijo que nunca llegó a "entender por qué ante una situación en la que ningún sospechoso es acusado formalmente" o "sujeto a enjuiciamiento penal" es necesario proceder con el "descubrimiento obligatorio de todos los elementos" dado que "las pruebas pueden surgir incluso después de muchos años y el descubrimiento temprano de pruebas, que en ese momento no alcanzan para que el fiscal determine la acusación, puede poner en peligro la eficacia de futuras investigaciones".

Aún en el ámbito técnico, el consejero togado también se pronunció sobre el tema vinculado al control judicial de la inscripción de denuncias de delitos en el registro por parte de la Fiscalía, manifestando que "más allá del sentimiento de desconfianza hacia la actuación del Ministerio Público que se desprende del marco regulatorio, hay otra consecuencia que quiero resaltar aquí. Las cuestiones relacionadas con el ejercicio oportuno o extemporáneo del deber del fiscal de registrar la denuncia del delito seguramente se plantearán en las distintas fases procesales" y "constituirán el objeto de juicios incidentales muy complejos y muy complicados" que "podrían conducir" incluso a la inutilidad "de la prueba por parte de los jueces aún después de años desde el momento en que fue adquirida. El objetivo es acortar los tiempos procesales, pero, por otro lado, existe el riesgo de ampliar indefinidamente los juicios, recargándolos con una resolución incidental difícil y compleja" porque está claro que "el registro de la denuncia del delito no se puede anclar a términos obligatorios, estrictamente indicados como si cada situación no fuera diferente de la otra".

De estas palabras se hizo eco el consejero togado, Sebastiano Ardita, quien recordó que "en los procesos más complejos el fiscal muchas veces no puede proceder con el registro del sospechoso al mismo tiempo que recibe la denuncia del delito" ya que pueden darse casos particulares, como, por ejemplo, "un colaborador de justicia que denuncia delitos desconocidos o acusaciones de personas cuyos datos personales no facilita" o "podría ser el caso de una actividad investigativa ya en curso" en la que "surgen nuevos delitos". "Todo esto, explicó Ardita, presupone la evaluación preliminar del material de investigación" que eventualmente terminará con la inscripción de un sujeto en el registro de acusados.

En conclusión, Ardita destacó que, dado el contexto normativo en cuanto al registro de denuncias de delitos, "se entiende bien que la identificación en un tiempo fijo o una fecha fija respecto a la cual operar no es fácil. Y en ocasiones puede implicar grandes problemas" como la vulneración de las garantías de que "gozan los sospechosos" porque "ante el riesgo de inutilización de las investigaciones" el fiscal "podría proceder prudentemente con una inscripción en el registro de indagados".

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*Foto de portada: © Imagoeconomica