El anarquista, desde el San Paolo, hace saber que no tiene intención de suicidarseEstá tomando suplementos a la espera de la audiencia en CasaciónEl caso Cospito está a punto de ir a la Corte Constitucional. La audiencia en la que se discutirá la orden del Tribunal Penal de Turín, que planteó la cuestión de ilegitimidad constitucional en relación con una disposición de la ex ley Cirielli, se fijará lo antes posible. La noticia la informó la agencia ANSA según la cual, además, la ordenanza ya fue inscrita en el correspondiente registro de cuestiones pendientes con el número 14 del 2023. En tanto, Alfredo Cospito, quien lleva tres días internado en el Centro Clínico Ópera en el departamento de medicina del penal de San Paolo, retomó ayer por la mañana los suplementos alimentarios. Según los medios judiciales y penitenciarios, la decisión del exponente de la FAI (Falange Armada Italiana), que llegó al día 117 de huelga de hambre, ha sido tomada para conseguir estar lúcido en la audiencia del 24 de febrero en Casación y después del dictamen con el cual el PG ha pedido la revocación del 41 bis, régimen en el que se encuentra y contra el cual está protestando. Tras la decisión del Supremo, Cospito decidirá cómo y si continúa con su protesta. Cospito, desde finales de enero, inmediatamente después de su traslado de la prisión de máxima seguridad de Sassari al centro clínico de la prisión Opera de Milán, para agudizar su protesta contra el 41 bis, había suspendido los complementos. Se mantenía hasta ayer por la mañana con agua, al menos tres litros diarios, azúcar o sal. Sin embargo, esta elección hizo necesaria la hospitalización, por precaución, en el San Paolo. Ayer, tras leer el dictamen con el que el PG sustituto de la Casación, Piero Gaeta, pidió revisar la decisión que solicitaba la anulación con reenvío de la decisión del Tribunal de Vigilancia de Roma, el anarquista retomó los suplementos. Una decisión que tranquiliza acerca de su deseo de no suicidarse, según confirmó ayer por la tarde su abogado. Alfredo Cospito "me dijo que él no quiere suicidarse -le dijo ayer a AGI la abogada Caterina Calia después de visitar durante horas a su cliente-, sino pelear contra el 41bis que es una cosa terrible por lo que ha visto. Además, el médico le explicó los riesgos que corre al no tomar potasio". La opinión de la DNA En tanto, la Dirección Nacional Antimafia y Antiterrorismo (DNA) también ha expresado su opinión al respecto. "La evolución del fenómeno anarco-insurreccional, a escala nacional e internacional, parece orientarse hacia una decisiva multiplicación de documentos e instrumentos de elaboración ideológica y de los cauces de decisión de las consiguientes iniciativas violentas, los que objetivamente parecen ser susceptibles de ser considerados a los efectos de una apreciación ponderada del efectivo amparo preventivo de las medidas derogatorias del trato penitenciario ordinario referentes al recluso individual", escribió el fiscal nacional Giovanni Melillo, en el dictamen enviado el pasado 2 de febrero al ministro de Justicia, como parte del procedimiento derivado de la solicitud de revocación del 41bis presentado por la defensa de Alfredo Cospito. "En particular -dice el documento- la consideración de las características de complejidad y heterogeneidad de la comunicación entre los diferentes espacios insurreccionales, tal como se desprende del análisis actualizado de la naturaleza y tendencia de los fenómenos y conductas delictuales a considerar, bien puede apoyarse en las apreciaciones que la autoridad política está llamada a realizar para buscar la posible confirmación de la justificación lógico-jurídica del mantenimiento de medidas cautelares especiales contra el reo Cospito y, en consecuencia, de la posible idoneidad de las medidas específicas al régimen penitenciario referido al circuito de la denominada Alta Seguridad y de las demás formas apropiadas de control del sistema penitenciario y de la actividad investigativa para contener la indudable carga de peligrosidad social del mismo recluso". Recordando que "la medida del régimen diferenciado debe establecerse y sólo puede conservarse si resulta indispensable para la persecución de instancias cualificadas de prevención penal, evitando únicamente a la luz de ellas el riesgo de que la misma represente una medida injustificada de aflicción para la persona detenida", el fiscal nacional antimafia y antiterrorismo hizo referencia a las notas informativas del ROS de Carabineros y de la Dirección Central de la Policía de Prevención de las que se desprende que "las iniciativas recientes y los detalles, incluso actividades delictivas muy graves" de algunas formaciones anarquistas "independientemente de la contribución ideológica y los impulsos instigadores que emanan de las declaraciones de los sujetos individuales, sin importar cuan instrumentalmente se hayan convertido en un símbolo de la anarquía insurreccional, y por lo tanto también de las proclamas a llevar a cabo 'acciones directas' del tipo de las formuladas en el pasado por Cospito". En particular, según el ROS, la sumisión de Cospito al 41 bis no solo "no borró las comunicaciones y publicaciones dentro del movimiento anarco-insurreccional, ya que la FAI/FRI no es una estructura jerárquica ni piramidal", sino que "ha generado un incontenible, difundido y variado movimiento contestatario, que ha producido la nefasta consecuencia de haber hecho converger en el mismo campo de lucha a grupos e individualidades anarquistas-insurreccionales y exponentes de extracción marxista leninista, con antecedentes específicos de militancia brigadista y experiencias de lucha armada". Foto: Antimafia Duemila . Artículos relacionados |
EL CASO COSPITO VA A LA CORTE CONSTITUCIONAL, LO ANTES POSIBLE LA AUDIENCIA PARA SU DEBATE
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