ITALIA
Frente a la gran perplejidad de algunos parlamentarios, el ex Guardasellos en función desde febrero del ‘93 hasta abril del ‘94, en los gobiernos de Amado y Ciampi no ha perdido su compostura “No fui objeto de ninguna negociación – ha subrayado Conso – ni tampoco esa decisión fue el efecto de un chantaje más o menos directo. No hubo ninguna presión o invitación de nadie, se trata de una elección que tomé por mi mismo, pensando que una decisión diferente habría generado la posibilidad de una amenaza de nuevos atentados. Además esa prórroga no era necesaria”. En la sala del ex palacio de la Inquisición le queda muy claro a muchos de los presentes que esas declaraciones son una admisión indirecta de la “negociación”. A la pregunta realizada por la diputada Angela Napoli perteneciente al FLI, sobre si había hablado con alguien de la decisión de no renovar el artículo 41 bis, el ex ministro ha insistido en que no habló con nadie, pero de todos modos no ha excluido que haya informado a Liliana Ferraro, ex directora de Asuntos penales del ministerio, definida como “una importante colaboradora”. El primer acto de algo, que si no fuese por la cantidad de muertos que causó, podría ser definido como una “comedia”, se consumó entonces frente a un país cada vez más narcotizado. Pero es en la segunda parte de este drama neorrealista que se fortalece la tesis de un verdadero “acuerdo” entre mafia y Estado. En la edición del día de hoy del periódico Repubblica los periodistas Salvo Palazzolo y Attilio Bolzoni publican amplios fragmentos de un documento de 75 páginas del Departamento de administración penitenciaria firmado por el entonces director Nicolò Amato titulado “Organización e informes de trabajo”. Se trata justamente del número 115077 del 6 marzo de 1993, dirigido al jefe de gabinete del ministro de Justicia Giovanni Conso. En la página 59 Nicolò Amato afronta la cuestión más escabrosa: “Revisión de los decretos ministeriales emanados a partir de julio del '92, sobre la base del artículo 41 bis”. En éste precisamente hay una indicación bien precisa para el Guardasellos: “Parece que sea oportuno entonces renunciar ahora a la utilización de estos decretos”. Los caminos aconsejables son dos: “Dejarlos en vigencia hasta su vencimiento sin renovarlos, o bien revocarlos en bloque inmediatamente. Me permitiría expresar una preferencia por la segunda solución”. El director del Dap (Departamento Administracción Penitenciaria) explica el motivo: “La emanación de los 41 bis estaba justificada por la necesidad de darle una respuesta a la criminalidad mafiosa. Pero no hay dudas de que la ley configura el recurso a estos decretos como un instrumento de excepción y temporal”. Las palabras de Amato dejan entender claramente que no se trata de una iniciativa únicamente del Dap. “En la Sede del Comité Nacional para el Orden y la Seguridad – se lee en el documento – en la sesión del 12 de febrero, quedaron expresadas especialmente por parte del jefe de la policía, reservas sobre la excesiva dureza de semejante régimen penitenciario. E incluso recientemente por parte del Ministerio del Interior han habido fuertes insistencias para la revocación de los decretos aplicados a las cárceles de Poggioreale y de Secondigliano”. En aquel período Vincenzo Parisi era el jefe de policía, mientras que el Palacio del Viminale (Presidencia del Consejo) estaba dirigido por Nicola Mancino. El primero murió en 1994, el segundo sigue negando obstinadamente lo imposible: desde el encuentro con Paolo Borsellino, que tuvo lugar el 1 de julio de 1992, hasta su conocimiento directo de la “negociación”. Pero su ostentosa tranquilidad pierde credibilidad día tras día. ¿Porqué estos dos hombres de las instituciones tenían “reservas” sobre las prorrogas del 41 bis? ¿A qué interlocutores tenían que rendirles cuentas de las decisiones a tomar? ¿Y sobre el altar de qué “acuerdo”? Con las recientes declaraciones de Giovanni Conso la lista de aquellos que con el pasar de los años han recobrado la memoria se ha seguido ampliando. Pero inmediatamente queda en evidencia que algunos nombres llamados en causa no son para nada nuevos. Todo lo contrario. Si Conso afirma que no puede excluir la posibilidad de que haya informado de esas directivas suyas a Liliana Ferraro, definida como “una colaboradora importante”, no se trata de un detalle irrelevante. La misma Dra. Ferraro en la audiencia del 28 de septiembre pasado, en el proceso contra Mario Mori y Mauro Obinu (por la fallida captura de Provenzano en el ‘95), ha admitido haber declarado en el 2002 ante Gabriele Chelazzi sobre el tema del 41 bis. En el resumen del acta del 10 de mayo de 2002 el magistrado florentino explica al ex director de Asuntos Penales que según “algunas concretas y recientes indicaciones” la cúpula de Cosa Nostra en el período que coincide aproximadamente con el inicio de los atentados del '93 (mayo de 1993) “alimentaban de forma optimista la expectativa de que el 41 bis perdiese gradualmente actualidad, hasta convertirse en un instrumento inútil en las manos del Estado, con la consiguiente supresión”. “En cuanto a lo referente a la dinámica de las decisiones dentro del Ministerio en relación al 41 bis – según lo escrito en el documento – desde el momento en que el Ministro se había reservado la adopción de las medidas, el Departamento de administración penitenciaria hablaba directamente con el Ministro mismo”. Chelazzi se detiene en el contenido de una nota firmada por el Vice Director del “Ufficio detenuti” (Oficina de detenidos) sección M.S., del 29 de julio de 1993 y presenta a la atención de la Dra. Ferraro los que según su entender son los puntos que “al menos programáticamente necesitan de un estudio más profundo”. Esa anotación en su momento no había sido dirigida a todas las estructuras jerárquicas de las Fuerzas de Policía, Carabinieri y Guardias del Ministerio de Hacienda quedaron excluidos. En el acta se resalta el hecho de que la nota “certifica no controversialmente que el DAP buscaba una interlocución externa en miras de las prórrogas de los decretos que tenían vencimiento para el final del mes siguiente, a diferencia de los plazos de pocos días antes además, del 20 y 21 de julio”. Así mismo en el documento también se resalta cómo el Departamento “esperaba poder proponer las prórrogas no para todos los detenidos afectados al 41 bis, sino que pedía conocer las evaluaciones de orden general (aunque con una clara, si bien implícita), según el fiscal, referencia a los hechos de los atentados de pocas horas antes) e incluso de origen objetivo, en base no obstante de la individualización de algunos sujetos que habrían quedado excluidos de la propuesta de prórroga”. La visión de todo el conjunto resulta ser inmediatamente inquietante. ¿Sobre qué mesas se estaba jugando la partida del 41 bis en ese período? ¿Y a qué precio? Chelazzi quiere verlo claro y le presenta a la Dra. Ferraro otra nota, esta vez del 29 de julio de 1993. El fiscal florentino hace una serie de observaciones a partir de la circunstancia de que “ella certifica la existencia de un 41 bis a dos velocidades”. Liliana Ferraro responde afirmando que no recuerda “que hubiese un 41 bis paralelo más tenue que el 41 bis vigente”, subrayando que el ex Vice Director General del Dap, Francesco Di Maggio, “tenía convicciones personales muy netas y muy determinadas sobre el tema del 41 bis, caracterizado por la necesidad de hacer funcionar la cárcel de manera seria y sin contradicciones”. Cinco meses después fue Carlo Martelli quien se sentó frente al magistrado de Florencia que se ocupaba del filón de investigaciones sobre los mandantes externos de los atentados del 1993. Gabriele Chelazzi presenta a Martelli que las actividades de investigación “dirigidas a aclarar todas las articulaciones de la estrategia” (de los atentados, ndr) y con la finalidad de individualizar otras eventuales responsabilidades penales “permitieron focalizarse sobre una especie de interdependencia entre la estrategia de Cosa Nostra y las deliberaciones que a lo largo del tiempo han alimentado la estrategia misma (por un lado) y la orientación que ha alimentado la gestión y la aplicación del 2º inciso del artículo 41 bis por parte de las instituciones del Estado y especialmente por parte del Ministro de Gracia y Justicia”. Martelli no pestañea y reconstruye el génesis de la emanación de las primeras medidas de la aplicación de la “cárcel dura”, posteriores al atentado de Vía D'Amelio, pasando por los escenarios sociopolíticos de ese período histórico. En el acta aparecen citados en sucesión una serie de argumentos sobre los cuales el ex Ministro proporciona su clave de lectura. Uno de los puntos fundamentales se refiere a la cultura “garantista” del entonces director del DAP Nicolò Amato (quien posteriormente se convertiría en el defensor de los jefes mafiosos del calibre de Giuseppe Madonia e incluso del ex intendente de Palermo Vito Ciancimino, ndr), en relación a la mano dura en la cárcel así como también en mérito “a la necesidad de impedir un exceso de tensiones en las instituciones carcelarias”. Martelli niega que Amato le haya expuesto alguna vez el proyecto de “desmovilizar” la “cárcel dura”, así como que el entonces Jefe de la Policía o el Ministro del Interior le hubiesen manifestado “críticas o reservas sobre las medidas de la “cárcel dura”. Durante el interrogatorio Gabriele Chelazzi le explica a Martelli cómo habría surgido de las investigaciones que “la 'cúspide de los atentados' ofició de interfaz, en la persona de un exponente político con mandato parlamentario, con la finalidad de monitorear, y si acaso también condicionar, 'la gestión administrativa del 41 bis”. En el documento se lee que “el Fiscal omite el nombre de la persona en cuestión”. Por su lado el ex Ministro niega finalmente “que la situación pueda enlazarse a algo de lo que él esté en conocimiento”. Pero a distancia de 8 años de aquellos interrogatorios “el acuerdo” entre Estado y mafia sobre el régimen del 41 bis vuelve prepotentemente al candelero con el documento del DAP del 6 de marzo de 1993. La aceleración de los eventos que llevará al conocimiento de algunos fragmentos de verdad sobre la historia de nuestro país es algo que ya es incontenible.
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