Lunes 29 Abril 2024

Devolvieron fueros a legisladores procesados por diferentes hechos

El Senado convocó el jueves pasado a una segunda sesión extraordinaria y restituyó sus fueros a los senadores Erico Galeano, Hernán Rivas y Rafael Filizzola, procesados por diferentes hechos, por pedido de la bancada del Movimiento Honor Colorado (HC), cuyo líder es el actual presidente del Partido Colorado, Horacio Cartes, para presionar a opositores y colorados disidentes que habían votado por el no desafuero del ex presidente Mario Abdo Benítez.

En un hecho sin precedentes jurídicos, el senado, en su gran mayoría cartista, prácticamente sin dar espacio para el debate ni el análisis, en cuestión de minutos aprobaron que se le “devuelvan sus fueros” a los tres senadores mencionados al comienzo. Esta resolución no solo es arbitraria, ya que no está sustentada en la constitución ni en la ley, sino sobre todo han atentado contra la independencia del poder judicial al arrogarse una función que no tienen.

Los parlamentarios oficialistas del partido colorado violaron el artículo 248 de la constitución nacional, de la independencia nacional del Poder Judicial. “Queda garantizada la independencia del Poder Judicial … En ningún caso los miembros de otros poderes, ni otros funcionarios, podrán arrogarse atribuciones judiciales que no estén expresamente establecidas en esta Constitución, ni revivir procesos fenecidos, ni paralizar los existentes, ni intervenir de cualquier modo en los juicios. Actos de esta naturaleza conllevan nulidad insanable…Los que atentasen contra la independencia del Poder Judicial y la de sus magistrados, quedarán inhabilitados para ejercer toda función pública por cinco años consecutivos, además de las penas que fije la ley”.

Haciendo caso omiso a la carta magna, estos legisladores paralizaron los procesos de los senadores Erico Galeano, Hernán Rivas y Rafael Filizzola, con el pobre argumento -que no tiene antecedentes en el ámbito judicial y político en la historia del Paraguay- de restituir a los legisladores los fueros de los que se les había despojados en virtud del artículo 191 de la constitución nacional. Los legisladores han intervenido abiertamente buscando paralizar los procesos de los mencionados; el del senador Erico Galeano por ejemplo es en el marco del Operativo A Ultranza PY por supuesto lavado de dinero y asociación criminal, y la fecha en que el Ministerio Publico ya debe presentar acusación es el próximo 24 de mayo.

Sin embargo, el artículo 191 de la Constitucional Nacional no les faculta a los legisladores a ninguna devolución de fueros, por lo tanto, aplicaron una figura inexistente en la constitución y en las leyes, al dejar sin efecto las resoluciones 48, 433 y 313 dictadas por el Senado, con una excusa, además de grosera, claramente dictatorial.

Pues el artículo constitucional mencionado establece en el párrafo segundo: “Cuando se formase causa contra un Senador o un Diputado ante los tribunales ordinarios, el juez la comunicará, con copia de los antecedentes, a la Cámara respectiva, la cual examinará el mérito del sumario, y por mayoría de dos tercios resolverá si ha lugar o no al desafuero, para ser sometido a proceso. En caso afirmativo, le suspenderá en sus fueros”.

La Cámara había recibido la comunicación de un juez del procesamiento del senador Erico Galeano, estudió si tenía mérito o no la investigación fiscal abierta, denominado operativo A ultranza, y entendió que existía argumentos, por lo que lo desaforó.

A Ultranza. Fiscal Corbeta solicita que juez se pronuncie sobre fueros de senador Erico Galeano

Según el diario ABC Color de Asunción el fiscal de la Unidad Especializada en Delitos Económicos y Anticorrupción (UDEA), Silvio Corbeta, presentó un escrito este lunes al juez penal de garantías de Crimen Organizado Osmar Legal, solicitando asuma postura en relación a la Resolución Nro. 502 emanada por la Cámara de Senadores, que dejó sin efecto la Resolución Nro. 48 por la cual se le retiraron los fueros a Erico Galeano, el 26 de julio de 2023.

En otra parte de su presentación, Corbeta argumentó su solicitud señalando que esta revocación del desafuero, resuelto por la Cámara Alta, “tiene el efecto de paralizar la tramitación procesal del caso, la cual por contrariar el orden constitucional es nulo y sin ningún valor”. Enfatizó el principio de independencia del Poder Judicial, que está establecido en el artículo 248 de la Constitución Nacional, el cual prohíbe a los miembros de otros poderes arrogarse atribuciones judiciales o intervenir en juicios.

Corbeta de manera contundente destaco lo prescrito en el artículo 137 de la Constitución Nacional "carecen de validez todas las disposiciones o actos de autoridad opuestos a lo establecido en esta Constitución”.

Ante esta situación procesal, el representante del Ministerio Público considero con urgencia que el Juez de la causa de Erico Galeano tome una decisión jurisdiccional, para salvaguardar el debido proceso, teniendo en cuenta que esta causa tiene fecha para presentar requerimiento conclusivo, el próximo 24 de mayo.

Es grave lo que está ocurriendo en el Paraguay. El Senado se puso por encima del poder judicial, pisoteando el equilibrio de los poderes, atribuyéndose funciones judiciales que no tiene. Esta decisión del Senado es una prueba más que en nuestro país ya no rige el estado de derecho, ni el imperio de la ley sino la voluntad particular y arbitraria de un grupo de delincuentes, porque violan la constitución nacional cuando quieren, sin que ningún otro poder del estado los limite o les ponga freno.

Si el Poder judicial y el Ministerio público, asumen una postura tibia y no ejercen las funciones que les otorgoó la carta magna para procesar y castigar a los que atentan contra el orden constitucional, solo el pueblo movilizado puede poner límites a estos facinerosos políticos, que se están convirtiendo, no en representantes del pueblo, sino en defensores de los intereses del crimen organizado y la mafia, ejecutando de a poco su plan de instalar una nueva dictadura en Paraguay.

Foto: independiente.com.py