Viernes 17 Mayo 2024
“Hay un cúmulo de evidencias enorme”, declaró la fiscal del caso Sylvia Lovesio

Por Victoria Camboni-4 de febrero de 2022

Tres hombres fueron imputados por abuso sexual especialmente agravado, y uno de ellos, además, por difusión de imágenes de contenido pornográfico sin autorización de la víctima, en el caso de la denuncia por violación grupal del pasado 23 de enero a una mujer de 30 años en el barrio Cordón, en Montevideo. Los tres hombres permanecerán en prisión preventiva por 180 días -inexcarcelables-, en tanto dure la investigación a cargo de la fiscal Sylvia Lovesio, de Delitos Sexuales. El adolescente de 17 años declaró como testigo, ya que su indagatoria pertenece al Fiscalía de Adolescentes, a cargo de Ricardo Chiecchi, y aún se encuentra bajo investigación para determinar responsabilidades.

A partir de la formalización de los tres hombres acusados de violación, la investigación seguirá adelante en la Fiscalía Penal de Delitos Sexuales, Violencia Doméstica y Violencia Basada en Género de 4° turno, luego de lo cual, y en un plazo máximo de 1 año -prorrogable por otro año más-, se resolverá en un juicio si son o no condenados. Mientras tanto, la investigación se mantendrá en reserva “para proteger a la víctima”, que “ya fue bastante discriminada y expuesta”, dijo Lovesio en rueda de prensa.

Este caso ha tenido amplias repercusiones a nivel mediático y judicial, y ha sido el punto culminante que desencadenó una movilización feminista a nivel nacional, en contra de la cultura de la violación. El presidente Luis Lacalle Pou incluso habló sobre los hechos, que, si bien destacó como aberrantes, minimizó responsabilidades sociales que desataron respuestas de todo tipo.

Ayer en la mañana, la defensa de los indagados presentó a Fiscalía videos íntimos del momento, y tres de los cuatro indagados quedaron detenidos. Finalmente, en las primeras horas de esta madrugada fue anunciada su formalización, luego de haber declarado ante la Justicia.

Otra de las precisiones dadas por la fiscal Lovesio se centró específicamente en que a partir de ahora no se podrá informar nada del contenido del expediente. La fiscal, además, no profundizó sobre las evidencias, ni tampoco habló respecto a las pruebas en las que se basó para definir las imputaciones, limitándose a señalar que “hay un cúmulo de evidencias enorme que configura la semiplena prueba”.

Por otra parte, también explicó que solicitó la prisión -ya que así lo pauta la LUC- en el sentido de que se prevé que este tipo de delitos son inexcarcelables, no existiendo la posibilidad de redimir pena por trabajo o estudio, existiendo también riesgo de entorpecimiento de la investigación.

Debate en torno a la difusión de los audios

Entre tanto, fuera de la Fiscalía se instaló un debate en torno a la difusión en un programa radial de fragmentos de los audios de videos íntimos -días antes de la audiencia fiscal y judicial-, que derivó en una actuación de oficio del Ministerio Público y en una denuncia penal por parte de legisladores del Frente Amplio, ya que los medios habrían incumplido la ley de violencia basada en género.

A raíz de estos hechos, los temas que confrontan directamente al periodismo, son la ética y los límites legales a la hora de difundir evidencias. La Asociación de Prensa del Uruguay (APU) y otros colegas, expusieron públicamente su disconformidad frente a la difusión de los audios íntimos. Quizás sea un debate que los grandes medios de comunicación deberían encarar, es decir: las consecuencias y repercusiones de lo que informan, y de cómo y cuándo lo informan.

La denuncia

Una mujer acudió junto con una amiga a un local bailable en el barrio Cordón. Allí conoció a un hombre, que la invitó a su domicilio. Los tres se fueron, y su amiga se quedó en la calle, esperando. La mujer y el hombre llegaron al lugar, donde comenzaron a tener relaciones sexuales.

En determinado momento, ingresaron al lugar tres individuos, y la mujer denuncia que la abusaron sexualmente. El relato dice que cuando la mujer pudo salir del lugar, llegó hasta donde estaba su amiga, que la esperaba en la calle, contándole en estado de gran angustia lo sucedido, luego de lo cual presentaron denuncia telefónica.

Según informó el Ministerio del Interior, las primeras pericias forenses realizadas en La Española el mismo 29 de enero, determinaron que la mujer "fue violada". Por su parte, la fiscal Sylvia Lovesio, manifestó que "obviamente fue víctima de una violación", de quien dijo horas después de los hechos, que está "obviamente con un shock emocional y psicológico terrible".

Indagatorias del caso

Se tomaron muestras de ADN de los cuatro imputados y de la víctima (*), donde se pudo determinar la coincidencia del ADN de la mujer con las muestras tomadas en el lugar, y la de tres de los cuatro hombres, uno de ellos menor de edad. Muestras que los adultos se negaron a entregar, y que se tuvieron que obtener mediante orden judicial. En el caso del menor, la orden estuvo desde el comienzo.

Este jueves 3 de febrero, el mismo día de la formalización, la defensa de los indagados entregó los videos con contenido íntimo, que antes fueron difundidos como brevísimos fragmentos de audio en el programa de radio del periodista Ignacio Álvarez, La Pecera, que fueron tomados por los hombres el día de los hechos.

Las pruebas de la investigación en los medios: repercusiones

La difusión de contenido íntimo en el programa La Pecera, de Ignacio Álvarez, desató una ola de indignación y denuncias hacia el periodista. El 1° de febrero, Álvarez difundió brevísimos fragmentos de audios extraídos de material audiovisual que tomaron los indagados el día de los hechos. A su difusión, acompañó con un tweet: "Y si la VIOLACIÓN GRUPAL no fue tal? Hoy en La Pecera 101.9 FM divulgamos audios de ese acto sexual (¿CONSENTIDO?)", expresó.

En respuesta a estos hechos, la defensa de la mujer a cargo de Juan Raúl Williman, dijo a Montevideo Portal que, hasta ayer, los videos no estaban en la carpeta de investigación, y aseguró: "No es posible extraer ninguna conclusión con esos detalles aislados".

Por su parte, la fiscal Lovesio adjetivó la difusión del contenido íntimo como “lamentable”, que “expuso a las víctimas” y además “perjudicó muchísimo la investigación”. “Creo que los medios de prensa y los operadores judiciales debemos saber cuál es nuestro trabajo”, reclamó.

Denuncias colaterales

La Fiscalía de Corte, a cargo de Juan Gómez, ordenó la investigación de la divulgación de estos contenidos por parte de Álvarez. Simultáneamente, analiza la filtración del contenido que pertenece a una investigación judicial en curso, por parte de personas que estaban obligadas a mantener la reserva.

Gómez alude al artículo 92 de la ley 19.580 de violencia basada en género, donde está establecida la prohibición de divulgar contenido íntimo sexual sin consentimiento de las personas involucradas. Además, se basa en el artículo 259.6 del Código del Proceso Penal, que prohíbe la divulgación de información que dichas personas deben mantener reservada.

El caso es investigado penalmente por Mariana Alfaro, en suplencia de la titular Daviña Viera, en la Dirección de Depuración Priorización y Asignación a la Fiscalía de Delitos Sexuales de 6to. turno.

Por su parte, la diputada suplente por el Frente Amplio, Micaela Melgar, anunció que presentaría las denuncias pertinentes, a las cuales adhirieron 41 integrantes del FA, por la divulgación de "audios que supuestamente fueron grabados cuando sucedió un hecho que fue denunciado como violación en grupo y que actualmente está en proceso judicial".

Melgar denuncia lo que considera un "ejercicio de la violencia mediática" ya que "se atenta contra la dignidad de la mujer implicada en los audios", y "refuerza y justifica la violencia hacia las mujeres intentando demostrar una supuesta complicidad" de un hecho que ella denunció como violación.

"Toda mujer víctima de alguna de las formas de violencia basada en género, tiene derecho, por ley, al respeto de su dignidad y de su intimidad". Se refiere a la ley de género 19.580, y puntualmente en este caso al inciso M del artículo 6, donde se definen las formas de violencia basada en género, y al inciso G.

También destaca el artículo 92 de dicha ley, que dice: "El que difunda, revele exhiba o ceda a terceros imágenes o grabaciones de una persona con contenido íntimo o sexual, sin su autorización, será castigado con una pena de seis meses de prisión a dos años de penitenciaría".

Además, hace mención a otra ley, la 19.307, que establece un horario de protección a las infancias, y dice que el programa "fue emitido en pleno horario de protección".

Melgar entiende que "existió, por parte del programa radial, voluntad de minimizar la violencia del hecho y sus consecuencias", y sostiene que "se intentó generar un estereotipo en torno a la víctima para su desprestigio".

Asociación de Prensa del Uruguay

El Consejo Directivo Central de la Asociación de Prensa del Uruguay (APU), difundió un comunicado de la Comisión de Género del sindicato, que citó dos artículos del Código de Ética. "La Comisión de Género de la APU ratifica la importancia de realizar una cobertura informativa que siga las mejores prácticas periodísticas", indica.

En los artículos mencionados (21 y 22), cita que "los periodistas cuidarán especialmente el uso de la imagen en las coberturas de hechos violentos", y "en el caso de coberturas periodísticas de crímenes, tragedias o accidentes, los periodistas deben ser respetuosos del dolor ajeno, evitando testimonios que revictimicen a las personas en situación de vulnerabilidad”.

Luego de la exposición mediática de su intimidad, la denunciante se enfrenta a una revictimización, por la falta de ética profesional de un periodista que se sirvió de carroña para marcar la cancha, en una causa que aún se encuentra abierta.

Quizás las palabras de la fiscal Lovesio marquen un punto de no retorno, cuando dice que lo que sucedió "es un hecho sin precedentes". Un punto de no retorno para las mujeres y disidencias que sufren la cultura de la violación desde tiempos inmemoriales, pero que ya no están dispuestas a tolerarlo más.

Porque nada se ha conseguido, sin oposición al mal establecido.

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"¡Que arda!" La cultura de la violación

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(*) Según explicó a medios locales el fiscal de Homicidios Carlos Negro, "la calidad de víctima es un estatuto procesal que se adquiere una vez que alguien denuncia haber sufrido un delito por parte de otro"

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*Foto de portada: subrayado.com.uy