Por Antimafia Dos Mil-27 de febrero de 2022
El Colegio de Abogados del Uruguay, agrupó unos cien abogados para realizar una Jornada de Reflexión y Debate respecto a la interacción entre los mecanismos del sistema judicial y los medios de comunicación. En el centro del debate estuvieron los límites entre unos y otros. La obligación, por ley, de preservar la integridad de las personas involucradas en los procesos judiciales, víctimas y victimarios; y la necesidad de la ciudadanía de acceder a la información, con su inevitable consecuencia, la libertad de expresión y de prensa.
“Parecen haber instalado una verdadera batalla en los medios entre fiscales y abogados defensores que de alguna manera termina exponiendo a víctimas e indagados”, dijo la presidenta del Colegio de Abogados, María Laura Capalbo, en una nota escrita por Pablo Manuel Méndez, para La Diaria, donde sintetiza perfectamente el evento. Este evento tiene lugar dentro de un contexto donde el debate público, en materia penal, durante las últimas semanas, giró en torno a un caso de agresión sexual y violación grupal. A raíz de este hecho se generaron numerosas reacciones en la ciudadanía en general y en la prensa en particular.
El abogado Diego Gamarra, tomo como ejemplo una de las conductas extremas que partieron de este reprochable y doloroso delito. El abogado se refirió a la divulgación de un audio, parte de un video, donde se oye a la víctima y a los victimarios durante el hecho denunciado e investigado por la justicia como violación grupal. Cuenta Méndez, que Gamarra “recordó que el derecho a la libertad de expresión está establecido en el artículo 29 de la Constitución de la República y en el 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos, mientras que el derecho a la intimidad figura en el artículo 10 de la Constitución y en el 11 de la Convención Americana de Derechos Humanos”. Además, aclaró: “Se trata de la difusión en un medio masivo de comunicación de una grabación de contenido sexual que registra lo sucedido en un recinto privado en el que participan individuos sin ninguna predisposición pública previa y uno de los cuales denunció ser víctima de un delito”.
“Estamos convencidos desde el Colegio de que los temas de interés público deben debatirse y esto es enriquecedor, pero también estamos convencidos de que existen garantías básicas que deben ser respetadas y custodiadas, principalmente por los abogados, porque somos los primeros guardianes del Estado de Derecho. Los debates deben darse en un ámbito de libertad y respeto a la opinión ajena: quien grita más fuerte no necesariamente tiene la razón”, había referido Capalbo al inicio de la jornada.
Por su parte la abogada Beatriz Scapucio, quien ejerció como jueza en el pasado, remarco la obligación del secreto de sumario durante la etapa de investigación preliminar (o instrucción) planteada en el artículo 259 del Código Penal. Este comentario lo introduce a raíz de las notificaciones que la fiscalía que atiende el caso de la violación grupal, realizó respecto de las resoluciones de los acusados de negarse a las pericias de ADN, durante esta etapa preliminar, cosa que luego fue desmentida.
Dentro de la jornada no faltaron quienes alertaron sobre los riesgos del modelo punitivista que se desprenden de la aplicación del Código de Proceso Penal, en especial a partir de las modificaciones que entraron en vigencia a partir de noviembre de 2017. “El hecho de que el Estado monopolice los medios de la fuerza legítima y el castigo, y de que el castigo sea una imposición deliberada de dolor [hace que] los que justifican la privación de libertad como algo que beneficia de algún modo al destinatario de la pena tengan la carga de probar empíricamente que eso ocurre, que hay algún beneficio cuando las personas reciben como castigo la cárcel”, sostuvo la abogada Gianella Bardazano, profesora titular en la Universidad de la República (Udelar), a cargo de la cátedra de Teoría General y Filosofía.
Sin lugar a dudas, un reclamo que las autoridades deben tener en cuenta considerando los altos índices de violencia dentro de los penales. En las últimas horas fueron formalizados tres personas que se encuentran alojadas en el ex Comcar, por haber secuestrado y ultrajado a otro detenido, durante un periodo de más de 45 días, en los que las autoridades del servicio penitenciario “no vieron nada”.
Dice Bardazano, “el derecho a la información y a la libertad de expresión que implica, entre otras cosas, tener elementos suficientes y confiables para comprender el funcionamiento de las instituciones que nos hemos dado a través de las leyes -y especialmente de aquellas en las que le permitimos al Estado que nos trate con la mayor violencia- puede estar afectando el comportamiento históricamente endogámico, secretista, corporativo y elitista del sistema de Justicia”.
En este sentido el abogado Florencio Macedo, quien es adjunto en la cátedra de Derecho Penal en la Udelar, dijo “Los jueces no se dan cuenta de que los fiscales abusan del poder para lograr su objetivo, que es lograr sentencias de condena, y los únicos que nos pueden proteger de eso son los jueces [...] Todos los abogados que estamos litigando llevamos cuestiones a los juzgados en las que se llega a una duda razonable sobre cuál de las partes tiene razón, y todos los abogados penalistas sabemos que en caso de duda se tiene que fallar a favor del imputado y generalmente se falla a favor de la fiscalía”. Macedo, considera que parte de los juicios abreviados que se consiguen hoy en día, son una consecuencia de la amenaza a la prisión preventiva a la que son expuestos los sospechosos.
Los magistrados son constantemente presionados por los distintos actores sociales, públicos y privados, exponiéndolos a perder su independencia, y en este sentido el abogado penalista Gustavo Bordes, fue particularmente sincero al declarar: “A todos nos influye más o menos que el caso se esté ventilando y de forma tan fuerte en los medios de comunicación [...] Influyen sí los medios de comunicación en nuestras sedes judiciales y en nosotros también. Si nosotros tenemos un caso que está en la prensa, todos los días lo tomamos con mucho más cuidado, es verdad, no nos hagamos trampa al solitario”. Una declaración cuanto menos, riesgosa.
El abogado también remarco ciertas falencias de la Fiscalía respecto al artículo 144 del Código del Proceso Penal, que la obligan a trabajar bajo los “principios de objetividad y buena fe”. Puso como ejemplo el Código peruano, que intima al fiscal a no ignorar las evidencias que eximen de responsabilidad al acusado.
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*Foto de Portada: You Tube