Jueves 2 Mayo 2024

El discurso del fiscal adjunto de Catania en la Comisión de Justicia de la Cámara

El nuevo proyecto de ley "que concede la libertad anticipada y disposiciones temporales relativas a su aplicación" del diputado de Italia Viva, Roberto Giachetti, no haría distinción entre aquellos que están en prisión por delitos menores y aquellos que han sido encarcelados por asociación mafiosa u otros más graves como delitos sexuales, acoso y otros delitos contra la persona, así como contra la administración pública.

Actualmente, en caso de buena conducta, el recluso tendría derecho a una bonificación de 45 días por cada 180 días de detención: en la práctica, un mes y medio de descuento por cada seis que pase en prisión. La propuesta de Giachetti pretende aumentar el bono a 60 días, dos meses de cada seis. Y durante los próximos dos años, los días de descuento serían en realidad 75: esto significa que un año de condena equivaldría a sólo siete meses efectivamente pasados ​​en prisión. El descuento de 75 días se concedería, entre otras cosas, también a los condenados que se han beneficiado de la libertad anticipada a partir del 1º de enero del 2016. Por lo tanto, actuaría a gran escala.

Esto significa que a cualquier persona que haya estado en prisión durante seis o más años se le reducirá aún más la pena, con un efecto similar al de un indulto de un año.

"Este tipo de disposición no es un indulto encubierto, es un indulto que se aplica a quienes han pasado una estancia más o menos larga en prisión; cuanto más larga sea la estancia anterior, más significativo será el efecto del indulto".

Así lo afirmó el fiscal adjunto de Catania, Sebastiano Ardita, al hablaren la Comisión de Justicia en el marco del examen del proyecto de ley. "Esta legislación -afirmó- no prevé barreras ni obstáculos, ni para las asociaciones mafiosas, ni para los regímenes de impedimentos que normalmente nunca se han considerado incluidos en estas reformas; no prevé ningún tipo de evaluación con referencia a la parte transcurrida, total o parcialmente, de la medida alternativa".

Los datos del Ministerio de Justicia son claros: tenemos esencialmente, teniendo en cuenta los parámetros, "23.000 presos en el transcurso de un año y nueve meses" que saldrán de prisión. "La mayoría de estos -dijo el magistrado- más de la mitad, serían puestos en libertad inmediatamente en aplicación de ese efecto de indulto del que hablé antes. Los demás serían puestos en libertad por etapas, hasta el que ingresó ayer y deberá cumplir tres años completos".

"Son medidas que cuestan dinero; no podemos ver los costos, pero están ahí. Tirar por la borda el trabajo de los tribunales y asumir el riesgo de delitos que, estadísticamente, se cometen a posteriori de los acontecimientos o tras medidas del tipo del indulto, es un dato cierto. Se trata de medidas -dijo- destinadas a mantener el diálogo con la población detenida y que sirven para enviar mensajes, pero los efectos finales no son los que sirven para reactivar la suerte del mundo penitenciario; hay otras herramientas que sirven a este fin", reiteró. "La población detenida -precisó- está muy atenta a lo que sucede en el mundo público, por lo que una iniciativa de este tipo significa lanzar un mensaje de defensa de lo que son, en este momento, las razones comparativas. Lamentablemente, los mensajes mafiosos de la historia del mundo público fueron utilizados en el pasado".

Y luego dijo: "La historia de las relaciones entre el mundo público y el de la población detenida también está compuesta de mensajes de este tipo, de tranquilidad, por lo que no son cosas descabelladas", declaró Ardita, añadiendo "que si trabajamos para mejorar las condiciones de los presos, sería necesario mirar las condiciones subyacentes de vida de todos los presos, especialmente de los más pobres, de los más desafortunados, porque estas reglas terminan beneficiando a los sujetos poderosos que están en prisión".

Automatismo para excarcelar, pero no para la cadena perpetua obstativa

Esta ley, como explicó Ardita, reintroduce un automatismo que "reproduce un mecanismo por el cual no cometer infracciones disciplinarias equivale a merecer la libertad anticipada", es decir, "favorecería a quienes no han cometido infracciones disciplinarias, o mejor dicho, a aquellos quienes no fueron encontrados sujetos pasibles de sanción disciplinaria".

Italia viva propone un maxi indulto 2

Una situación paradójica ya que se elimina el automatismo previsto para la cadena perpetua obstativa, el que impide el acceso a beneficios penitenciarios a quienes no colaboren con la justicia.

"Ese automatismo tenía como objetivo salvar a personas inocentes de posibles delitos que podrían cometer personas que habían cometido otros muy graves, por lo que se creía que no era correcto salir de prisión sin colaborar con la justicia", afirmó.

Giovanni Melillo: La libertad anticipada no se aplica a la mafia y al terrorismo

Las medidas previstas en la propuesta especial de liberación anticipada, que se basan en la lucha contra el hacinamiento carcelario, no deben aplicarse a los presos por delitos de mafia y terrorismo. Así lo afirmó el fiscal nacional antimafia y antiterrorismo, Giovanni Melillo. "Con la situación de hacinamiento ante los ojos de todos, no es sorprendente que el Parlamento quiera asumir la responsabilidad enteramente política de aumentar sistemáticamente la duración de la reducción de la pena prevista en el caso de la participación activa del preso en los trabajos de reeducación", dijo Melillo. "Si el fundamento de la medida es la grave situación de hacinamiento en el sistema penitenciario, las evaluaciones del Parlamento deben considerarse obligaciones de coherencia sistemática", subrayó. Pero "el aumento de la prestación de 45 a 60 días no tiene por qué comprender a los presos por crimen organizado y terrorismo. En el régimen de alta seguridad no hay problema de hacinamiento ni de compresión de la dignidad de la condición del preso". Incluso las medidas adoptadas tras la sentencia Torreggiani, con la que la CEDH (Corte Europea de Derechos Humanos) condenó a Italia por las condiciones de las cárceles, "excluyeron los delitos de mafia y terrorismo del ámbito de aplicación para reforzar el efecto gratificante de la liberación anticipada especial", recordó el fiscal nacional antimafia y antiterrorismo, "una exclusión que el Tribunal Supremo consideró coherente con principios constitucionales". Por lo tanto, "no tiene sentido incluir a presos por mafia y terrorismo en el ámbito de la medida extraordinaria que hoy queremos adoptar temporalmente". Melillo señaló entonces que tampoco tiene sentido aplicar las medidas a quienes se encuentran en prisión domiciliaria o tienen pena alternativa a la prisión, y destacó "cuestiones críticas" en la disposición que atribuye la responsabilidad de la concesión a los directores de los institutos, considerando que es "un paso atrás en la cultura de la pena". En su opinión, los presos deberían "ser informados desde el principio de las ventajas de una participación activa en los programas de rehabilitación" y los magistrados de control deberían "adoptar una sola decisión en la fase final, evitando la multiplicación de expedientes y teniendo una visión global del comportamiento de los reclusos".

Foto de portada: Antimafia Duemila

Foto 2: Giovanni Melillo © Imagoeconomica