Domingo 8 Diciembre 2024

El Tribunal Colegiado de Vibo Valentia presentó los fundamentos de la sentencia dictada el 20 de noviembre del 2023 (presidenta Brigida Cavasino, magistradas a latere Germana Radice y Claudia Caputo) al final del maxi proceso Rinascita Scott, en el que fueron condenadas 200 personas de las 338 imputadas en el histórico proceso contra los clanes viboneses.

Para llegar a la presentación de los fundamentos, contenidos en 3.300 páginas, fueron necesarios 90 días más de prórroga respecto a los tres primeros meses.

Entre las condenas también se encuentra una pena de 11 años para el abogado y ex parlamentario del partido Forza Italia, Giancarlo Pittelli.

Su conducta es definida como "cualquiera menos ocasional" por los jueces, según los cuales se desprende "claramente" del examen orgánico de todos los elementos probatorios que el penalista "constituía un punto de referencia estable en el que se basaba el consorcio para la resolución de los más variados problemas y para la satisfacción de las diferentes necesidades que paulatinamente iban surgiendo en la vida de la asociación".

De la investigación los jueces destacan la "disposición absoluta y sistemática de Giancarlo Pittelli a favor" del clan predominante en la zona vibonesa, los Mancuso. Y también es relevante para los jueces la circunstancia de que Pittelli recibe la tarea de tratar los asuntos de interés para el clan "directamente" de su representante más "autorizado", es decir, el jefe Luigi Mancuso, ofreciendo así "una contribución causal decisiva a la asociación en su conjunto" incluso en un momento de particular "fibrilación" como aquel en el que "se difunde la inesperada noticia de la colaboración de Andrea Mantella con la justicia".

Las relaciones con Mancuso

Para el Tribunal hay "numerosos hechos que demuestran la disponibilidad estable y efectiva del acusado hacia la asociación. La relación entre Pittelli y Luigi Mancuso no se reduce a una inusual confidencialidad entre abogado y jefe de la mafia, superando los límites de la mera contigüidad complaciente, para dar lugar a la activación repetida y concreta del acusado en beneficio de la camarilla a la que aporta una contribución específica y consciente. Y no es sólo Pittelli quien explota la fama criminal de Luigi Mancuso para aumentar su prestigio profesional y facilitar algunas cosas, creando especulaciones, sino que también Luigi Mancuso, especialmente en la fase ascendente de su parábola, aprovecha la red de relaciones que Pittelli puso a su disposición, en algunos casos bajo la apariencia de tareas profesionales de un abogado, o bajo la apariencia de un político, o también como un verdadero solucionador, para escalar las alturas del poder económico y criminal, en Calabria y más allá". "Son numerosas y relevantes ocasiones -dicen los jueces- en las que la relación bidireccional entre Giancarlo Pittelli y Luigi Mancuso se ha revelado exteriormente, traduciéndose a veces en contribuciones concretas al jefe y a las operaciones de su equipo, y otras en beneficios objetivos de los cuales Pittelli disfrutó con las operaciones relativas a sus inversiones en el sector inmobiliario. Los diálogos interceptados no eran el resultado de exageraciones pronunciadas por actores secundarios adoradores y mal informados, ni de fanfarronadas, sino -subrayaron los jueces en la sentencia- la expresión de una verdadera connivencia entre los dos personajes, cada uno en su propio propia esfera, poderosa e influyente". Emblemático para el Tribunal fue una intercepción en la que el acusado Giovanni Giamborino explicaba que "muchos de los contactos relevantes que Luigi Mancuso tenía y con los que podía contar se habían creado a lo largo del tiempo gracias a la ayuda de Giancarlo Pittelli". Giamborino también habría advertido a su interlocutor "sobre el riesgo de pedir votos a la mafia en caso de competiciones electorales, ya que entonces uno sigue siendo esclavo de determinadas dinámicas". Según los jueces también se probaron varias reuniones "confidenciales" entre Pittelli y Mancuso entre 2014 y 2017, "incluso en el período en el que el jefe se había declarado indisponible para eludir las obligaciones de vigilancia especial".

*Foto de Portada: © Imagoeconomica