Viernes 17 Enero 2025
Por Ardita y Di Matteo en contra

Por Giorgio Bongiovanni y Luca Grossi-4 de noviembre de 2021

Europa nos lo pide. Con esta incesante cantinela el CSM aprobó ayer con amplia mayoría el dictamen solicitado por la ministra de Justicia, Marta Cartabia, sobre el decreto legislativo que trata de la presunción de inocencia, a pesar de la denuncia de numerosos temas críticos por parte de algunos consejeros como Nino Di Matteo y Sebastiano Ardita, los únicos, entre otras cosas, que votaron en contra.

Según Di Matteo, es un dictamen "que adhiere acríticamente a la propuesta del esquema del decreto" y que tiene numerosas repercusiones muy negativas en términos de practicidad.

El decreto legislativo fue aprobado en el pasado mes de agosto por el Consejo de ministros y tenía como objetivo implementar las disposiciones de la directiva de la UE 343/2016 sobre el "fortalecimiento de ciertos aspectos de la presunción de inocencia". Sin embargo, con sutiles retoques, la política lo convirtió en una mordaza sobre todo para los fiscales, dejando libres para decir prácticamente todo lo que consideren oportuno a las partes privadas, es decir, los abogados defensores, los imputados o los familiares de éstos.

"¿Qué consagra este proyecto de decreto legislativo? -preguntó Di Matteo- Una imposibilidad sustancial para la autoridad pública, no solo para los magistrados, de informar sobre lo que ya no está cubierto por el secreto. Solo pueden informar las partes privadas, pueden informar los familiares, como sucedió con Riina y Provenzano, sobre lo que, según ellos, ha surgido de las investigaciones. Ya no podrá hacerlo el fiscal de la República, el cuestor o el oficial de Carabineros". Según el consejero togado, la aplicación del decreto legislativo "conduce a una especie de silencio público antes de que se dicte definitivamente una sentencia. Para mí este es un punto de inflexión antiliberal".

Además, durante el pleno se señaló el peligro de la formación de nuevas fuentes de información menos transparentes, dado que las oficiales han sido reducidas al silencio.

Di Matteo señaló también que "se introducen en un sistema ya muy engorroso, como el del juicio penal, especialmente en la fase de las investigaciones, otros elementos problemáticos, como los recursos disciplinarios al juez, o la solicitud de corrección de expresiones empleadas en las peticiones o en una orden de custodia cautelar, que van a obstruir, con la creación de numerosos incidentes, la ya delicada maquinaria de la justicia". Además, tal como se especifica en el dictamen, el párrafo segundo bis establece expresamente que la divulgación de información sobre procesos penales sólo se permite cuando sea estrictamente necesaria para la continuación de las investigaciones o cuando concurran otras razones relevantes de interés público.

Una frase muy vaga que deja un gran margen de error. ¿Cuáles serían las razones de interés público? ¿las que determine la mayoría de turno?

"Me pregunto -prosiguió Di Matteo- si estas disposiciones hubieran estado vigentes en el momento del primer pool antimafia de Palermo y durante el largo recorrido, que empezó en el '85 y terminó en el '92 con la aserción de responsabilidad penal definitiva de muchos de los imputados en el Maxi Proceso ¿habrían constituido un delito disciplinario las numerosas entrevistas de Giovanni Falcone, Paolo Borsellino o Giuseppe Di Lello? Las que explicaron e informaron a los ciudadanos sobre todo lo que había surgido de las investigaciones, por ejemplo, sobre la estructura organizativa de Cosa Nostra, sobre su singularidad y sus reglas, sobre las declaraciones de Tommaso Buscetta o de alguien más. ¿Todos los magistrados habrían sido sometidos a un proceso disciplinario? Los que aún a falta de sentencia definitiva hubieran hablado de lo que surgió de las investigaciones sobre la masacre de Piazza Fontana o el atentado en Ustica".

"Recuerdo que cuando comenzó el Maxi Proceso, un órgano de prensa, ante la llegada a Palermo de muchos periódicos nacionales, tituló: 'Silencio, entra la Corte' (fue el título perentorio del Giornale di Sicilia que esa mañana dio la bienvenida al comienzo del llamado "Processone", ndr), como diciendo: 'Hoy ya no hablaremos más del Maxi Proceso a pesar de la fase de juicio público por respeto a la serenidad de la autoridad judicial. Pero ese no es el punto. Creo que no debemos permanecer callados respecto a una limitación de información por parte de la autoridad pública. Los remedios ya existen. Si un fiscal presenta a un sospechoso o acusado como culpable antes de que se establezca la culpabilidad, pagará las consecuencias, desde el punto de vista penal, disciplinario o de responsabilidad civil. Pero introducir más limitaciones es una mordaza a la posibilidad de que la autoridad pública también contribuya a la información. Por ello, al no considerar suficientemente enfatizados estos aspectos problemáticos, votaré en contra de la aprobación de este dictamen'".

A sus palabras se unió el consejero togado Sebastiano Ardita quien, reconociendo que la presunción de inocencia "es un derecho sacrosanto", destacó la necesidad "de la debida atención a las actividades que se realizan".

Sobre este punto, el consejero togado puso un ejemplo: "Hace unos días se conoció un asunto complejo en el que solo la palabra del fiscal permitía cierta claridad sobre lo que estaba sucediendo. Los hechos -prosiguió Ardita- habían sido expuestos de tal manera que confundían a la opinión pública y el fiscal tenía que explicar lo sucedido, de lo contrario se corría el riesgo de tener información incorrecta. Todos sabemos que hay buena comunicación y mala comunicación -continuó- Todos sabemos que la comunicación puede ser devastadora si se usa de una manera diferente al objetivo que se quiere lograr. Y esa es la tarea de la directiva. Hoy vi una jornada en la que el Consejo desarrolló cuestiones teóricas y pragmáticas, pero luego en lo concreto no me parece que estemos siempre tan atentos e incisivos en la actividad que tenemos que realizar".

Por último, el consejero togado dijo que sin duda es necesario defender el derecho a la presunción de inocencia pero que también hay que defender el derecho de los ciudadanos a ser informados.

En forma contraria pensó la mayoría de los otros consejeros. En primer lugar, la relatora del informe, Loredana Micciché, de Magistratura Independiente, quien dijo durante las respuestas que: "Una ley comunitaria nos lo dice. No podemos hacer otra cosa. Cada gobierno nos indica las directivas a aplicar". El consejero Filippo Donati se unió a ella diciendo que "debemos hacer una valoración que tenga en cuenta dos factores importantes: el primero es que estamos ante una directiva deseada por la Unión Europea que debe ser implementada y que esta legislación tiene como objetivo proteger un derecho fundamental, el de la presunción de inocencia de las personas. El derecho de las personas a no ser golpeadas en los medios de comunicación y quizás a tener que soportar una sentencia infinita, dada la duración de nuestros juicios, aunque no haya ninguna declaración de responsabilidad penal". Similar idea también fue expresada por el consejero D'Amato que habló de una "revolución cultural que el Consejo Superior de la Magistratura ya había iniciado en el 2018 para adecuarse a las directivas europeas sobre la llamada comunicación institucional que tienen una función muy específica, cual es constituir el objetivo de transparencia y comprensibilidad de la acción judicial". Más allá del "mantra europeo", es interesante notar cómo el CSM el pasado mes de octubre se pronunció contra el gobierno polaco por violar la autonomía e independencia de sus jueces con la aprobación de una serie de reglas relativas al funcionamiento de la Cámara Disciplinaria de la Corte Suprema polaca y de algunas disposiciones relativas a la independencia del poder judicial.

Hoy, con una opinión más que cuestionable, obedece supinamente a la voluntad del legislador.

----------------------------------------

Foto: Imagoeconomica