Martes 16 Abril 2024
Por Daiana Carracedo-24 de noviembre de 2021

El 23 de noviembre se venció la ley 26.160 de Emergencia Territorial Indígena. Dicha ley fue sancionada a fines del año 2006 por un plazo de vigencia de cuatro años, a efectos de dar respuesta a la situación de emergencia territorial de las comunidades indígenas del país en consonancia con el artículo 75, inciso 17, de la Constitución nacional, y dando cumplimiento parcial al artículo 14 inc. 2 del convenio 169 de la OIT.

Por ese motivo, el 23 de noviembre, comunidades de distintos pueblos indígenas marcharon hacia el Congreso para exigir la prórroga de la ley. Se sumó en la oportunidad, el reclamo de justicia por el asesinato del mapuche Elías Garay y las heridas causadas a Gonzalo Cabrera, en el marco de un ataque con balas de plomo, por parte de dos hombres no identificados, aparentemente en contra de la recuperación territorial que se lleva adelante en el lof Quemquetrew, de Cuesta del Ternero, en Río Negro.

De todas maneras, esta ley no es nueva. Anteriormente fue prorrogada, en tres oportunidades: en el año 2009, 2013 y en el 2017, por la cual se extiende su vigencia hasta noviembre de 2021.

Vale aclarar que es una ley de emergencia y de orden público. También es una ley de excepción, impuesta por necesidades de orden público ante la grave e imprevista situación que en determinado momento vivían las comunidades indígenas como integrantes de la sociedad. Una ley es de orden público cuando sus disposiciones no pueden ser dejadas de lado por acuerdo entre partes.

Esta ley declara la emergencia territorial de las comunidades indígenas originarias del país. Suspende la ejecución de sentencias, actos procesales o administrativos, cuyo objeto sea el desalojo o desocupación de las tierras que las ocupen. También ordena realizar un relevamiento técnico, jurídico y catastral de las comunidades indígenas y en caso de corresponder, de tierras ocupadas por las mismas de forma actual, tradicional y pública.

El 28 de octubre pasado, la ley tuvo media sanción en senadores para su prorroga por cuatro años más. Pero luego de haberse vencido la prórroga actual, el 23 de noviembre, la cámara de Diputados todavía no se reunió para ser aprobada definitivamente.

Pese al Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que emitió el presidente Alberto Fernández, que extiende la vigencia de la ley hasta el 23 de noviembre de 2025, las comunidades originarias reclaman que la norma sea aprobada en Diputados "con todo lo que significa una ley nacional".

"El DNU no es como la ley, no se le puede legitimar como una ley, alguien puede poner un amparo ante el decreto y no hay ley que la respalde" dijo a la agencia Télam Dulce Pacci, integrante del Consejo de Pueblos Originarios Llankaj Maki, de Jujuy. Además, aclaró: “Esperamos que se apruebe la ley antes del 10 de diciembre, sino habrá que esperar hasta el próximo año. Tenemos tierras en conflicto y hoy están desprotegidas sin la ley".

La prórroga de esta ley es indispensable para la protección del territorio indígena. Pero también es cierto que ya es momento de dejar de prorrogar una ley de 2006, y realmente sentarse a debatir la situación actual de todos los pueblos indígenas de Argentina para encontrar una solución definitiva.

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*Foto de portada: nuevaciudad.com.ar