Viernes 19 Abril 2024
Por Antimafia Dos Mil-20 de junio de 2021

Una vez más se investiga la responsabilidad de un componente del sistema judicial en Argentina. El juez federal de Salta Julio Leonardo Bavio procesó al exfiscal penal Héctor Eduardo Moisés por "incumplimiento de la obligación de persecución y represión de delincuentes" porque en 1977 no promovió la investigación del crimen de dos jóvenes.

Héctor Eduardo Moisés, siendo fiscal provincial de Salta, desde julio de 1976 hasta setiembre de 1979, se negó a impulsar la causa que investigaba el asesinato de José Lino Salvatierra y Oscar Ramón Rodríguez, de 21 y 23 años respectivamente. Por tal motivo, Moisés, fue investigado por el juez federal de Salta, con los resultados conocidos.

El crimen de los jóvenes, que eran primos entre sí, ocurrió el 10 de mayo de 1977, cuando fueron interceptados por una “patota” de policías de la provincia, que eran a su vez miembros del grupo de tareas “Guardia del Monte”, que operaban bajo mando de Andrés del Valle Soraire, quien era el jefe de la sección. Los miembros del escuadrón están acusados en varias causas de lesa humanidad.

"Los cuerpos de ambos fueron encontrados a 2 km. de la ruta N°16, sobre la ruta N°5, en el empalme Ceibalito y Cabeza de Anta del departamento de Anta, provincia de Salta", los asesinos habían dejado un cartel que los acusaba de “ladrón y cuatrero”.

Gracias a la insistencia de los familiares de los asesinados, se avanzó en las acusaciones hasta identificar como responsables materiales a los miembros de la Guardia del Monte: Fortunato Saravia, Miguel Ángel Corbalán y Santos Leonides Acosta, quienes eran coordinados por del Valle.

El 12 de agosto del 1977, el tribunal presidido por el juez Marcelo Avrutin Suárez citó a declarar a Fortunato Saravia, cuando de repente la audiencia fue interrumpida por la llegada del exjefe de Policía Juan Carlos Grande, quien habría intercambiado palabras con las distintas partes hasta lograr que el juez interviniente cancelara el proceso, el cual sería reanudado recién en 1984, con el retorno de la democracia.

Sobre aquel hecho, Domingo Nolasco Rodríguez, hermano de Óscar Ramón, estando presente en la sala, relató haber visto cuando “el militar le decía al abogado de la familia lo mismo que le había dicho a él minutos antes, sólo que ahora señalaba a Soraire como partícipe del secuestro de Ragone y afirmaba que por eso no podía quedar detenido ni tampoco podía seguir esa causa, y le advirtió que si seguía adelante perdería todo, incluso su familia”. Miguel Ragone, quien fue gobernador de la provincia de Salta previamente al golpe de Estado fue desaparecido el 11 de marzo de 1976, días antes de que la dictadura se oficializara.

En 1986 Saraiva fue condenado, en tanto Acosta y Corbalán lograron salir absueltos. En el 2014, el Tribunal Oral Federal de Salta, durante la sentencia falló que los delitos eran considerados de lesa humanidad y por tal motivo, imprescriptibles.

Actualmente el juez Bavio detalla: “Héctor Eduardo Moisés y en violación a sus deberes inherentes al cargo de agente fiscal para el que había sido designado, jamás realizó presentación alguna instando la prosecución de ese proceso penal, dejando así transcurrir indebidamente los plazos procesales dentro de los cuales su intervención funcional hubiese resultado eficaz”.

El juez federal alegó ante las excusas de Moisés, quien buscaba refugiarse en la inexperiencia que tenía en ese presente, que “es extremadamente difícil, aún cuando se tratase de un fiscal joven y en el contexto de la época, que no haya comprendido la extraordinaria gravedad de la tropelía en la que formó parte, en el rol de acusador penal, desde que fue un funcionario que aceptó silente una explícita y osada irrupción militar en un acto procesal en curso llevado a cabo por el Poder Judicial de la provincia de Salta".

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*Foto de portada: www.pagina12.com