Miércoles 20 Mayo 2026

La Fiscalía General ya había advertido al Fiscal Jefe de Caltanissetta que debía continuar la investigación sobre los instigadores externos

"La Corte declara inadmisible el recurso del fiscal". Esta es la decisión de los magistrados de la Quinta Sección Penal de la Corte Suprema de Casación respecto a la apelación del Fiscal de Caltanissetta, Salvatore De Luca, contra la resolución de la jueza de instrucción Graziella Luparello, quien había rechazado por segunda vez la solicitud de archivo y ordenado nuevas investigaciones sobre los autores intelectuales externos de la masacre de via d'Amelio.

A la espera de los fundamentos de la resolución, el dispositivo ya no es apelable. Los jueces han atendido la solicitud de la Fiscalía General, representada por la Fiscal General Adjunta Mariella De Masellis, quien en las últimas semanas criticó duramente a la Fiscalía de Caltanissetta.

En su alegato final, subrayó que la orden dictada por la Jueza de Instrucción el 19 de diciembre de 2025 "no puede calificarse de acto anómalo, ajeno al ordenamiento jurídico, ni de expresión del ejercicio de una potestad no reconocida por el ordenamiento jurídico. Se trata, más bien, de una intervención con carácter de impulso procesal prevista en el artículo 409, apartado 4, del Código Procesal Penal italiano".casacion2

Por otra parte, la Fiscalía General había puesto de manifiesto que la medida de Luparello "no parece ajena al ordenamiento jurídico, ni apta para paralizar el procedimiento e impedir su continuación, dado que el efecto inmediato, es decir, la realización de investigaciones, en cualquier caso, está previsto por el ordenamiento tras la resolución favorable a la oposición, sobre la cual el Ministerio Público no ha formulado observaciones".

Además, la Fiscalía insistió en que la orden impugnada no parece estar caracterizada por anomalías patológicas ni desvinculada de los paradigmas procesales. Proporcionaba, de conformidad con las facultades legítimas otorgadas al Juez de Instrucción por la ley, orientación (y no delegación) al Ministerio Público, quien, no obstante, conserva la libertad de elegir los medios más apropiados para investigar las cuestiones señaladas por el juez. Tampoco puede considerarse que las acciones en cuestión hayan provocado ningún tipo de estancamiento, puesto que el Ministerio Público siguió siendo el principal responsable del procedimiento y, desde luego, no vio excluidas las facultades de investigación e iniciativa procesal que le confiere la ley.

En apenas unas líneas de la sentencia, se refuta la postura de la Fiscalía de Caltanissetta, alegando que la resolución es anómala porque "priva al Ministerio Público de la facultad y el deber de dirigir y coordinar las investigaciones, transformando al GIP de órgano responsable de verificar y supervisar las actividades de la fiscalía en un juez de instrucción de pleno derecho, distorsionando y eludiendo así los principios generales que rigen el procedimiento penal vigente".casacion3

Las investigaciones por realizar

Ahora, la Fiscalía, dirigida por Salvatore De Luca, deberá llevar a cabo las "actividades sorpresivas" indicadas en la orden del GIP, que rechazó la solicitud de desestimar la "ruta negra" y a los instigadores externos de la masacre de via d'Amelio.

Los nuevos temas de investigación señalan la necesidad de profundizar en "la existencia de ese hilo conductor que vincula las masacres de 1992 con las del continente en 1993 y 1994", sin limitarnos al móvil de la contratación pública (la denominada pista de los contratos públicos de la mafia, que tanto ha fascinado a la Comisión Parlamentaria Antimafia).

En su resolución, la jueza instructora citó elementos como "la alarma expresada por Giovanni Falcone respecto a la necesidad de revisar el historial delictivo de Italia, con posibles cargos de responsabilidad contra la derecha subversiva y Gladio, la investigación llevada a cabo por el magistrado mencionado sobre el asesinato de Mattarella, el espionaje realizado sobre las actividades de investigación de Borsellino y, en particular, sobre los interrogatorios de su nuevo colaborador, Gaspare Mutolo, y la necesidad de investigar más a fondo la presencia de Paolo Bellini en Sicilia entre el 21 y el 25 de mayo de 1992, su pertenencia a Gladio y la presencia de una aeronave fletada en la zona de Capaci el 23 de mayo de 1992, cerca del momento de la explosión".

Esperamos que la documentación presentada por el abogado de Salvatore Borsellino, Fabio Repici, al oponerse al sobreseimiento propuesto por la Fiscalía, también sea examinada con mayor profundidad.casacion4

Fue el propio Repici, en julio pasado, quien solicitó a la jueza de instrucción que programara una nueva audiencia a la luz de un informe recientemente descubierto, fechado el 15 de junio de 1992, sobre la masacre de Capaci.

El informe en cuestión estaba firmado por Paolo Borsellino. A la reunión, celebrada en Palermo, asistieron Pietro Giammanco, fiscal jefe, Vittorio Aliquò y Paolo Borsellino, fiscales adjuntos, Vittorio Teresi, fiscal adjunto, y Pietro Maria Vaccara, fiscal adjunto de Caltanissetta. Las actas revelan que los magistrados presentes intercambiaron información sobre la masacre de Capaci y otra información relativa a las escuchas telefónicas ordenadas contra el colaborador de justicia Alberto Lo Cicero (ya fallecido) y su expareja, Maria Romeo, durante las cuales se hizo referencia a Capaci. Lo Cicero y su pareja fueron los primeros en informar de la presencia de Stefano Delle Chiaie, fundador de la Avanguardia Nazionale, en Sicilia durante el atentado contra Capaci. Los documentos presentados por Repici demostrarían que Borsellino estaba interesado en las declaraciones de Lo Cicero, el informante que reveló la implicación de extremistas negros en las masacres.

Como dijimos en un editorial anterior, ante esta intervención de la Corte de Casación, nos preguntamos con qué autoridad el Fiscal Jefe De Luca puede seguir al frente de una oficina tan delicada como la que se dedica a la búsqueda de la verdad sobre las masacres de los años noventa.

El Consejo Superior de la Magistratura ¿tomará medidas disciplinarias ante semejante demostración de incompetencia técnica en jurisprudencia e ignorancia de los mecanismos que rigen la función del Juez de Instrucción?

*Foto de portada © Imagoeconomica

*Foto 2; Graziella Luparello © ACFB

*Foto 3: Salvatore De Luca © Imagoeconomica

*Foto 4: Fabio Repici © Jamil El Sadi