Miércoles 13 Mayo 2026

“Inadmisible” su recurso contra la orden de la jueza Luparello sobre los mandantes externos

La Fiscalía General de Casación ha solicitado declarar “inadmisible” el recurso del Fiscal de la República de Caltanissetta, Salvatore De Luca, contra la orden de la Jueza de Instrucción (GIP) Graziella Luparello, quien había rechazado por segunda vez la solicitud de archivo y dispuesto nuevas investigaciones sobre los mandantes externos de la masacre de via d’Amelio.

La Fiscalía General, representada por la sustituta procuradora general Mariella De Masellis, en su informe reprende con firmeza a la Fiscalía de Caltanissetta, destacando que la orden emitida por la jueza el 19 de diciembre de 2025 “no puede ser calificada como un acto anómalo, ajeno al sistema procesal, ni como expresión del ejercicio, por parte del juez, de un poder no reconocido por el ordenamiento, tratándose, por el contrario, de una intervención de impulso prevista por el artículo 409, apartado 4 del código de procedimiento penal”.

La Fiscalía General, con el derecho en la mano, certifica que la resolución de Luparello “no aparece ajena al sistema jurídico, ni sobre todo idónea para provocar la paralización del procedimiento o la imposibilidad de continuarlo, dado que el efecto inmediato —esto es, la realización de investigaciones— está previsto por el ordenamiento como consecuencia de la decisión favorable sobre la oposición, respecto de la cual el Ministerio Público no ha formulado objeciones”.

No solo eso. “La orden impugnada —insiste la Fiscalía General— no presenta perfiles de anomalía patológica, ni se aparta de los paradigmas normativos del sistema procesal, habiendo proporcionado, en el respeto de los legítimos poderes conferidos al juez de instrucción por la ley, indicaciones de impulso (y no de delegación) al Ministerio Público, que permanece libre de elegir el instrumento más idóneo para profundizar los temas señalados por el juez”.

Tampoco puede sostenerse que estos actos hayan provocado ningún tipo de paralización, ya que el Ministerio Público ha permanecido como “dominus” del procedimiento y no ha visto en modo alguno limitados los poderes de iniciativa investigativa y procesal que la ley le atribuye.

La decisión final será tomada por la Corte de Casación el próximo 21 de abril.

Lo cierto es que estamos ante un caso sin precedentes, con una Fiscalía que, en los hechos, se niega a llevar adelante las verificaciones —incluidas actividades investigativas definidas como “sorpresivas”— indicadas por la jueza de instrucción.

El expediente había sido abierto el 3 de mayo de 2017 por el Fiscal de Caltanissetta, sobre la base de elementos surgidos en el proceso Borsellino-quater, concluido con sentencia del Tribunal de lo Penal de Caltanissetta el 20 de abril de 2017. Esos actos delineaban “la hipótesis de un posible concurso de sujetos ajenos a la organización criminal Cosa Nostra en la ideación y organización de la masacre” perpetrada en Palermo el 19 de julio de 1992.

También se hacía referencia a “contactos comprobados entre diversos dirigentes de la organización mafiosa Cosa Nostra, personas pertenecientes a logias masónicas y sujetos insertados, en distintos niveles, en contextos institucionales”, así como a una “estrategia de masacres” destinada a “sentar las bases para una renegociación global —desde una posición de fuerza— de las relaciones con nuevos canales institucionales”.

Tras una primera solicitud de archivo en 2021 (rechazada con orden de nuevas investigaciones), la Fiscalía presentó una segunda el 28 de noviembre de 2024. La jueza, tras las audiencias del 19 de mayo y del 22 de septiembre de 2025, consideró la solicitud “no susceptible de ser acogida” e indicó nuevos temas de investigación.deluca salvatore ima 2638394

Entre estos, la necesidad de profundizar “la existencia de ese hilo conductor común que une las masacres del 92 con las del Continente de los años 93-94”, sin limitarse al móvil de los contratos públicos.

La jueza había señalado elementos como “la alarma lanzada por Giovanni Falcone sobre la necesidad de revisar la historia criminal de Italia con posibles responsabilidades atribuidas a la derecha subversiva y a Gladio”, la investigación del magistrado sobre el asesinato Mattarella, el espionaje sobre la actividad investigativa de Borsellino —en particular sobre los interrogatorios del colaborador Gaspare Mutolo— o la necesidad de “profundizar la presencia de Paolo Bellini en Sicilia entre el 21 y el 25 de mayo de 1992, su pertenencia a Gladio y la presencia de una aeronave alquilada el 23 de mayo de 1992 sobre la zona de Capaci hasta el momento de la explosión”.

La Fiscalía General no entró en el fondo de las investigaciones suplementarias solicitadas, pero en un pasaje de su informe sitúa “las investigaciones indicadas en la orden impugnada en línea de continuidad con los análisis dispuestos con la primera orden de rechazo, tanto en relación con la pista negra como con Bellini”, una resolución que no había recibido objeciones por parte de la Fiscalía.

De hecho, se desautoriza la posición de la Fiscalía de Caltanissetta, según la cual la orden sería anómala porque “priva al Ministerio Público del poder-deber de dirección y coordinación de las investigaciones, transformando al juez de instrucción de órgano de control en un verdadero juez instructor, con una distorsión de los principios generales del proceso penal”.

Antes de solicitar la inadmisibilidad, la Fiscalía General recordó además que “la orden del GIP se limita a indicar al Ministerio Público la necesidad de realizar peritajes técnicos y actividades de monitoreo de la persona a ser interrogada, para esclarecer perfiles específicos de investigación”. Corresponde luego al fiscal “desarrollar el análisis de la forma que considere más adecuada”.

Por lo tanto, no existe ningún control indebido del juez sobre la actividad del Ministerio Público.

En este punto surge espontáneamente una pregunta:

Si el próximo 21 de abril se aceptara la solicitud de la Fiscalía General, ¿con qué autoridad el fiscal jefe De Luca podría continuar dirigiendo una oficina tan delicada como la encargada de buscar la verdad sobre las masacres de los años noventa?

El Consejo Superior de la Magistratura, frente a una evidente demostración de incompetencia técnico-jurídica y desconocimiento de los mecanismos que regulan el rol del juez de instrucción, podría (o quizá debería) intervenir también en el plano disciplinario.

Igualmente discutible es la posición que el fiscal jefe de Caltanissetta ha asumido respecto a las investigaciones sobre los mandantes externos, expresada en reiteradas ocasiones en la Comisión Parlamentaria Antimafia, especialmente en relación con el tema “mafia-contratos” como causa concurrente de la masacre de via d’Amelio, definiendo como “cero absoluto” la hipótesis de participación del extremismo de derecha en las masacres.

Pero este es otro aspecto inquietante de una Fiscalía que parece alineada con los deseos de la política de gobierno.
La esperanza es que la Quinta Sección Penal de la Corte de Casación tenga en cuenta las solicitudes de la Fiscalía General, y escuche también la posición del abogado Fabio Repici, defensor de Salvatore Borsellino, respecto a la inadmisibilidad del recurso contra la orden del GIP.

Precisamente gracias a la defensa de Salvatore Borsellino han surgido nuevos elementos investigativos.

Como se reconstruye en el escrito presentado el pasado 4 de abril, “el abogado Repici había entrado en posesión de documentos de ‘extraordinaria relevancia’, entre ellos ‘el único acto procesal sobre la masacre de Capaci que lleva la firma del doctor Paolo Borsellino’”, relativos a un encuentro del magistrado con el confidente Alberto Lo Cicero.

Documentos que, según la defensa, la Fiscalía tenía en su poder pero no había incorporado al expediente sobre la masacre de via d’Amelio, habiéndolos presentado en cambio en un procedimiento paralelo por encubrimiento.
A la luz de esas pruebas, el defensor solicitó y obtuvo la suspensión de la deliberación.
Leyendo el escrito del abogado de Borsellino surgen otras consideraciones sobre la actuación de la Fiscalía de Caltanissetta.

En particular, se denuncia que tras la audiencia del 22 de septiembre de 2025, el fiscal habría enviado al GIP, “de forma privatística y extraprocesal”, la solicitud de archivo del procedimiento paralelo contra Paolo Bellini, junto con otros documentos.

Un envío realizado —según Repici— “después de que el juez hubiera reservado la decisión” y “por temor a que la orden rechazara la solicitud de archivo”.
El escrito sostiene además que la inscripción de Paolo Bellini en procedimientos separados por las masacres de Capaci (junio de 2022) y via d’Amelio (junio de 2024) habría sido “abusiva” y una “forzatura”, producida mientras se realizaban investigaciones sobre su presencia en Sicilia en 1991-92.

Un verdadero acto de acusación respecto a omisiones y falta de incorporación de documentos relevantes.
¿Es esta la Fiscalía de Caltanissetta que busca la verdad sobre las masacres y los mandantes externos?

*Diseño gráfico de Portada: Paolo Bassani