Jueves 18 Abril 2024
La justicia Federal determinó la prisión domiciliara a tres condenados por de lesa humanidad
 
Por Alejandro Diaz-14 de junio de 2022

En los pasados días la justicia Federal de la República Argentina ordenó que le fuera concedido el privilegio de prisión domiciliara a tres represores del Estado argentino, condenados por delitos de lesa humanidad, cometidos durante la etapa militar de la dictadura cívico, empresarial y eclesiástica.

Se trata de los represores Miguel Osvaldo Etchecolatz, exdirector general de Investigaciones de la Policía de Buenos Aires; Mario Guillermo Ocampo, exintegrante del Destacamento de Inteligencia 201 del Ejercito, apostado en Campo de Mayo; y Luis Firpo, exjefe de la Central de Contrainteligencia y de la División de Seguridad del Batallón de Inteligencia 601. En los tres casos intervino la sala II de la Cámara Federal de Casación Penal, compuesta por los jueces Guillermo Yacobucci, Carlos Mahiques y Ángela Ledesma

En el caso de Ocampo, que tiene 74 años, el Tribunal solo puso como condición la colocación de un dispositivo de rastreo electrónico, o tobillera como suele decirse. Ocampo fue apresado recién en 2019, después de toda una vida vivida en impunidad, cuando fue localizado por la Policía Federal en un country privado en la elitista localidad de Pilar, donde vivió al menos siete años. Me pregunto, ¿cuántas personas, familiares o allegados al represor, conocían su ubicación? ¿Cuántos vecinos lo habrán visto en más de una ocasión, quizás sin saber su real condición?

En el caso de Firpo, el recurso firmado por el Tribunal, dio lugar a que el represor vuelva su domicilio en Mar del Plata. Firpo, que tiene 90 años, ya gozaba de este privilegio, el cual fue interrumpido a fines del 2020, cuando vecinos lograron filmarlo infraganti haciendo las compras en un supermercado violando las restricciones y los límites que la justicia había impuesto. Un miembro de un aparato represivo que sistemáticamente secuestró, violó, torturó, asesinó y desapareció hombres, mujeres, ancianos e infantes, se hallaba caminando libremente por las calles de “La Feliz”. 

Etchecolatz nunca va a volver a la calle. Son tantas las causas y los tribunales que lo han condenado a cadena perpetua, que es prácticamente imposible que todos unánimemente decidan otorgarle algún beneficio de este tipo. El represor, que hoy tiene 93 años, entre otras numerosas causas, está siendo investigado por la desaparición del obrero y activista social Jorge Julio López, quien volvió a desaparecer en septiembre del 2006. Una desaparición que dejó certeramente instalada la inevitable sospecha, de que los aparatos represivos de inteligencia que funcionaron durante la etapa militar de la dictadura, continuaron operando impunemente durante el proceso democrático. Un detalle este, que nunca, jamás, debemos olvidar a la hora de hablar de inseguridad. 

Otro detalle que debemos, a mi criterio, tener siempre presente es que estos represores, enemigos acérrimos de la sociedad, jamás mostraron arrepentimiento moral, y mucho menos voluntad de colaborar con los procesos de justicia. Que los condenados por delitos de lesa humanidad colaboren con el proceso de justicia, debería ser una necesidad y una obligatoriedad fundamental para recién ahí, considerar cualquier tipo de beneficio. Una revisión que el Congreso debería revisar en materia de legislación.  

En paralelo, la Cámara Federal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, compuesta por los jueces Mariano Llorens, Pablo Bertuzzi y Leopoldo Bruglia, ordenó a la jueza María Servini que formulara un nuevo fallo respecto a la causa que investiga el atentado en el comedor de la Superintendencia de Seguridad Federal realizado en 1976 y adjudicado por Montoneros. El fallo que Servini había firmado el año pasado, había rechazado in limine -coloquialmente hablando, de cuajo-, el pedido de reabrir la causa, ante un recurso presentado por un conjunto de organizaciones que impulsan una agenda política que vela por los derechos de los represores y que, en ciertas ocasiones, raya con el negacionismo.

El atentado, realizado en julio de 1976, fue adjudicado por Montoneros y respondía a la lógica de que en ese edificio funcionaba, históricamente ya en ese tiempo, un Centro Clandestino de Detención, donde los aparatos de inteligencia del Estado, cometían detenciones arbitrarias, y por tal motivo secuestros, seguidos de torturas y violaciones que eran una modalidad sistematizada de la Policía Federal. Los delitos vinculados a hecho fueron considerados por la justicia argentina, prescriptos. Incluso la Corte Suprema de Justicia se expresó en este sentido en el año 2012. Cabe aclarar, que el hecho de que los delitos prescribieran es una responsabilidad del Estado, incluso de aquel que estaba instalado de facto en la década del 70. En aquel presente, las fuerzas represivas el Estado, incluidos los agentes del sistema de justicia, optaron por resolver la situación de manera violenta y por fuera de los márgenes de lo legalmente aceptable. Los miembros del Estado de aquel presente optaron por evitar poner a derecho a los responsables del atentado y eligieron ejercer el terrorismo de Estado. 

Por supuesto que los hechos de violencia son reprochables, y que quienes los cometieron, y quienes los cometen, deben someterse al derecho. Pero es menester tener considerar que en aquel presente el estado de derecho no estaba debidamente garantizado. Entregarse a la “justicia” en aquellos años, era entregarse a la tortura y otros tratos inhumanos y degradantes, que eran infringidos por los miembros del aparato represivo del Estado, con el beneplácito de quienes debían impartir legalmente justicia. Son situaciones como estas las que obligan a tener una concepción integral sobre los hechos ocurridos durante la etapa militar de la dictadura, y las consecuencias que acarrearon en el tiempo siguiente. Para reabrir una causa de este tipo, si la legislación lo permite, el Estado tendría que estar dispuesto a recopilar información, desclasificar archivos y sentar en el banquillo de los indagados a numerosos personajes que continúan operativos hasta el día de hoy en puestos sensibles del poder estatal y civil. Solo así sería posible juzgar adecuadamente los hechos históricos. De lo contrario, caeríamos en la idiotez de subestimar la fuerza legal del Estado, avalando la idea de que el Estado no puede resolver por sí mismo, los conflictos que la sociedad crea. No podemos afirmar que la violencia sea una consecuencia de la ausencia del Estado, pero si podemos afirmar que la impunidad es una consecuencia de la corrupción del Estado.  

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*Foto de portada:

https://elsubmarinojujuy.com.ar/casacion-otorgo-prision-domiciliaria-a-miguel-etchecolatz-y-otros-dos-represores/