“El Poder Judicial Federal dió marcha atrás respecto del dinero que se negaban a restituirle a Facundo Jones Huala” -jefe espiritual y político mapuche- quien está privado de su libertad en la cárcel de Rawwon, Unidad 6, en la patagonia argentina. Días atrás, en un comunicado de la Gremial de Abogados y Abogadas Argentinos se nos informaba “con mucha bronca” que el Juez y la Fiscalía de Bariloche habían negado permitir que Jones Huala pudiera utilizar los 280.000 pesos argentinos que llevaba consigo al momento de ser detenido. Oportunamente, en la comunicación del Grenio a los medios de comunicación, señalaron -destacaron más bien- que esa medida se trataba de “una actitud miserable al extremo por parte de los operadores judiciales, que actúan buscando aumentar el sufrimiento y padecimiento del detenido. En este caso Facundo. Pero, como venimos diciendo, cada vez más ‘a la corta’ les toca o les tocará a todos. Solemos comprobar con indignación que las costumbres miserables de estos "agentes judiciales" de producir sufrimientos a los luchadores a veces excede a las propias fuerzas de seguridad. Nuestro planteo de apelación fue contundente”. Y tan contundente fue la impugnación presentada a alto cuerpo judicial, rubricada por los abogados Eduardo Néstor Soarez y Gustavo Alberto Franquet, de la Gremial, que la respuesta finalmente fue favorable (la que se resume en el acápite) en el marco de un fallo muy fundamentado y en el que se menciona el argumento de ambos profesionales, de que el juez aplicó el “derecho penal del enemigo”.
En el comunicado de la Gremial, donde se da cuenta del cambio de actitud, se relata, por ejemplo, que “El Tribunal de General Roca había fijado fecha de audiencia para el, 20/1. En esa audiencia la Gremial les diría en la cara a esos fiscales y jueces lo que pensábamos de ellos. Y seguramente otro tanto haría Facundo si le concedían la palabra. El Tribunal decidió darnos la razón en todo pero sin audiencia. Lo hizo por escrito y ordenó restituir esa minima suma de dinero.
Desestimó el argumento de que ese dinero podría financiar actividades terroristas.
Recomendamos leer la resolución de los jueces Gallego y Lozano. La Gremial les reconoce que se esmeraron y se atuvieron al derecho vigente. Llegando a mencionar que en Bariloche habían usado contra Facundo argumentos propios del "derecho penal de autor" (lo que nosotros llamamos "Derecho Penal del Enemigo"). De lo que se trató acá no es sólo del dinero. Ni sólo de Facundo. Es también una pelea ideológica: Ellos y Nosotros no luchamos por el mismo Derecho.Ni queremos el mismo país”
“La Gremial deja muy en claro que pelea siempre todo y en todos los terrenos.
Que no cedemos jamás. Bien por el fallo de estos jueces del Tribunal de Roca a quienes conocemos desde hace mucho y no esperábamos menos.Pero aun así, nada cambia”
El demolledor fallo que pulverizó la canallada
“Que en la impugnación la defensa particular del imputado sostuvo que la decisión atacada es arbitraria pues ha sobrepasado el límite de la discrecionalidad sobre la base de meras especulaciones carentes de prueba que la respalde. Agregó que Jones Huala solicitó la devolución de esa ‘exigua suma’ para ser destinada a su subsistencia en la cárcel, agregando que no existe regla de la experiencia que respalda la tesis del MPF de que el ‘presunto líder de una organización destinada a imponer sus ideas por la fuerza se maneje para cumplir con sus oscuros designios copn 280.000 pesos en el bolsillo”
“Que la decisión venida en revisión carece de fundamento legal y deberá ser revocada. Es que el secuestro de bienes durante el proceso se justifica ante la posibilidad del dictado de una eventual sentencia condenatoria que decidiese el decomiso de ‘las cosas que hayan servido para cometer el hecho y de las cosas o ganancias que sean el producto o el provecho del delito’ -conf. Art. 310 del CPPF que repite la fórmula del art.23 del CP- Aquí lo cierto es que el dinero que portaba Jones Huala cuando se lo detuvo no fue empleado para la comisión de ningún hecho delictivo -en rigor de verdad tampoco para llevar a cabo ningún otro acto lícito o ilícito que implicase la erogación del dinero- puesto que de lo contrario la más basica regla de lógica elemental indica que no lo tendría consigo. Tampoco puede ser visto como el fruto -provecho o ganancia- del delito que se le atribuye dado que ninguna de las calificaciones en que fue encuadrada esa conducta atañe a crímenes con contenido económico o con fines pecuniarios”
“Por último cabe señalar que la especulación aútonoma que hizo el magistrado para dar la razón al MPF sosteniendo que ‘es dable presumir que ese dinero -eventualmente- podía tener como fín último gastos de funcionamiento de ese grupo criminal’- no solo que no encuentra respaldo en la ley (el decomiso procede, como quedó dicho, sobre bienes que ‘han servido’ para cometer el hecho pretérito que se juzga) sino que al no estar referida a un acontecimiento pasado sino a un futuro (la conjetura de que se destinará dinero propio a consumar fines delictivos) reposa en última instancia, en una inadmisible aplicación de la doctrina del derecho penal de autor, incompatible con el derecho del acto”
“Que por lo hasta aqui dicho corrresponde hacer lugar a la impugnación, ordenar la devolución de los valores que solicitó el encartado, y dejar sin efecto la audiencia del día 20 de enero de 2026”
“Por lo expuesto, el Tribunal Resuelve: I. Admitir la impugnación que interpuso la
defensa particular del imputado Francisco Facundo Jones Huala, revocar la decisióndel juez de garantías del pasado 8 de enero de 2026 y ordenar la entrega al
mencionado de los pesos $280.000 que llevaba consigo y le fueron retenidos al momento de su detención; II. Dejar sin efecto la audiencia fijada para el
día 20 de enero de 2026; III. Devolver a la OFIJU para su notificación y cumplimiento”
“Fueron miserables, moral e ideológicamente”
Para dar al lector el debido contexto de un fallo en favor del Lonko Facundo Jones Huala, cabe sumar textualmente el oportuno comunicado dado a conocer por la Gremial de Abogadas y Abogados Argentinos, antes del fallo que revocaría la medida de no regresarle el dinero que le pertenecía.
“Los operadores del fuero Federal -jueces y fiscales- sean quienes fueren no pueden ser mas miserables”
“Se niegan a permitir que Facundo Jones Huala utilice una exigua suma de dinero que llevaba consigo para utilizarla en su sustento carcelario. No es secreto las carencias y privaciones que sufren los presos. Más si van a cientos de kilómetros de sus residencias para mas sufrimiento y no se los pueda visitar. A su detención Facundo portaba $280.000 producto de su trabajo.Una suma exigua. Y nada si (como decimos en nuestro airado y encabronado reclamo) se la compara con viáticos de uno o dos días asignados a jueces y fiscales que todos nosotros les pagamos. Facundo necesita con urgencia ese escaso dinero para acceder a cosas mínimas de alimentación e higiene. Pero los miserables jueces y fiscales se lo niegan aduciendo que ‘Es dable presumir que eventualmente ese dinero podría ser utilizado para financiamiento de ese grupo criminal’ Es esta generación de jueces, fiscales y otros funcionarios judiciales (aún los que se presentan como más "progres" o garantistas con discursos de DDHH en aulas y seminarios) que son verdaderos verdugos de luchadores o imputados por cualquier causa”
“Son miserables moral e ideológicamente. Y son miserables como seres humanos.
Por eso la Gremial no se cansará de remarcar una y otra vez dos cuestiones esenciales para nosotros: La primera es que no hay jueces buenos o malos. Son jueces de la explotación, la miseria y el saqueo. Son jueces con ideología bien definida. La segunda (insistiremos hasta el cansancio) esto de Facundo no es aislado. Nadie debería hacerse el boludo o mirar para otro lado porque nos está tocando a todos y todas. Nadie se salvará escatimando solidaridad. Nos enerva cuando vemos tantos colectivos de DDHH y otras organizaciones poner el grito en el cielo (solo en el cielo) contra las reformas penales y procesal penales impulsadas por el Gobierno de Milei y que votarán muchos "opositores", mientras desde hace ya años se vienen aplicando a distintos luchadores y en especial a Pueblos Originarios, esos mismos criterios de judicialización. Sin ir más lejos, la habilitación que hizo Milei para que agentes de inteligencia puedan detener sin orden judicial es exactamente lo que ocurrió con Facundo. No vimos ni escuchamos el clamor de indignación generalizado”
“En la Gremial, como solemos decir, corremos todas las pelotas. Impugnamos semejante atrocidad e iremos a la audiencia de apelación a decírselos en la cara, como hacemos siempre. Y por supuesto informaremos todo y cada detalle como es nuestra costumbre. Jamás nuestras defensas son reservadas”
Tales las contundentes evidencias ( que oportunamente fueron puestas al tapete público) de una bajeza sin par que estuvo cínicamente dirigida al Lonko Jones Huala, que felizmente pudo ser revertida; que pudo ser desarticulada más bien, por la ocurrente ética de la Gremial de Abogados y Abogadas Argentinos en su legítimo accionar como defensa.
Ha sido ganada una batalla contra ese repulsivo, indeseable y voraz autoritarismo dirigido -hoy por hoy, y no es metafórico- contra los pueblos originarios en Argentina; especialmente vigente e intenso en el ADN de operadores de justicia, o mejor dicho, de operadores de la injusticia, cuyo procedimiento debería avergonzarnos como civilización, y como ser humanos, porque en su esencia, no es más que un brutal y descarnado atentado, precisamente a la inteligencia humana; de los tantos que hoy atentados campean en todo el mundo, donde millones de ciudadanos ya están llegando al hartazgo más descomunal, ante tanto avasallamiento.
Habremos de hacernos cargo de toda este aquelarre; para destronarlo; y ya la retórica y el clamor de justicia, por sí solos, creo que están quedando cortos, muy cortos. ¿Será hora ya, de las multitudinarias acciones?
*Foto de Portada: Facundo Jones Huala/ Radio Chubut
*Foto 2: Eduardo Néstor Soarez y Gustavo Alberto Franquet, de la Gremial de Abogados y Abogadas Argentinos/ Resumen Latinoamericano