La SCJ desestimó los recursos de casación presentados por la fiscal Mirtha Guianze (quien pidió que los exrepresores fueran condenados por el delito de "desaparición forzada") y también el planteo formulado por las defensas (que solicitó la absolución de los seis condenados).
CoronelErnestoRamasfotocolectivoepprosarioFigueredo explicó que existe la posibilidad procesal de presentar un recurso de aclaración ante la Corporación, pero de todos modos ello no cambiará el fallo de fondo, y por ese motivo dijo que no prevé hacerlo.

JosSandeLimaFotoLaRepublica

La Corporación ratificó el fallo emitido en julio de 2010 por el Tribunal de Apelaciones Penal de 2° Turno, que ya había confirmado la sentencia condenatoria de primera instancia del juez Luis Charles.
Así, el máximo órgano del Poder Judicial ratificó las penas de 25 años de prisión para los militares Silveira, Ramas y Vázquez, y de 20 años para los policías Maurente, Medina y Sande Lima.
En el marco de este expediente, en mayo la SCJ condenó a los exmilitares José Gavazzo y Ricardo Arab por los mismos delitos, aunque su caso se tramitó en forma independiente debido a diferencias iniciales que se presentaron en las estrategias de defensa. Gavazzo y Arab fueron penados a cumplir 25 años de prisión.
CoronelJorgeSilveirafotoLaRepblicaEn su sentencia de primera instancia, el juez Charles destacó que "resulta probado que los hechos responden a la coordinación operacional de las cúpulas de los gobiernos que regían en Argentina, Brasil, Bolivia, Chile, Paraguay y Uruguay". Y en ese contexto ubicó las 28 desapariciones registradas en Buenos Aires por las cuales condenó a los ex represores.
 GilbertoVzquezfototecnoespectadorLa sentencia emitida en mayo por la Corporación cobró vital relevancia por cuanto estableció (al igual que lo hizo ayer en la resolución en torno a los otros cuatro exmilitares y dos expolicías) que no es posible aplicar en forma retroactiva el delito de "desaparición forzada", como lo pidió la fiscal Guianze.
Con ese criterio de la SCJ, según la tesis jurídica mayoritaria, se confirma que los delitos cometidos durante la dictadura (1973-1985) prescribirán el próximo 1° de noviembre, al computar el plazo máximo de 26 años y ocho meses desde el 1° de marzo de 1985, cuando se restableció la democracia.
Juez_Luis_CharlesIncluso, la representante del Ministerio Público presentó en su momento un recurso de aclaración ante la SCJ reclamando un pronunciamiento sobre la prescripción de los delitos, pero los ministros cuestionaron a Guianze por buscar "un precedente para hacer valer en otras causas, lo que no es admisible en este proceso".
La posición de la SCJ fue adoptada por mayoría de sus cinco ministros (Jorge Ruibal, Jorge Chediak, Jorge Larrieux y Daniel Gutiérrez) y solamente el actual presidente de la Corporación, Leslie Van Rompaey, compartió la posición de Guianze en cuanto a aplicar la "desaparición forzada".
Fuente: El País, de Montevideo