Jueves 28 Marzo 2024
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“Siempre sentiré la gran responsabilidad de representar las oficinas que, en la escena nacional e internacional, han sido de extraordinaria importancia; este es el distrito de Pietro Scaglione, Cesare Terranova, Gaetano Costa, Gian Giacomo CiaccioMontalto, Rocco Chinnici, Alberto Giacomelli, Antonino Saetta, Rosario Livatino, Giovanni Falcone, Francesca Morvillo y Paolo Borsellino, valientes magistrados que supieron honrar la toga hasta el sacrificio de sus vidas. Este es el distrito que ha sufrido el impacto inmediato de la violencia de la mafia, las innumerables trampas de la policía y la complicidad institucional de Cosa Nostra sobre sus hombros. Desde estas oficinas, a pesar de las mil dificultades y la resistencia interna, una espléndida reacción comenzó en la inmediatez de las masacres de 1992 que, en la conciencia de que la lucha contra la mafia es una condición esencial de la libertad y la democracia, ha transformado a Palermo en el puesto avanzado de la lucha contra el crimen organizado. Estas oficinas han representado durante mucho tiempo un punto de referencia insustituible, también social y cultural, para esa parte del país que no se resigna al predominio de los métodos depredadores y correctivos en la gestión del poder. Todos ustedes tienen una gran responsabilidad para perpetuar hoy su rol y su importancia estratégica. Estoy seguro de que sabrán cómo sofocar el peligro de un regreso al pasado, a esos contextos opacos en los que las masacres y los crímenes excelentes encontraron terreno fértil. Espero que Palermo tenga la voluntad y la capacidad de continuar y representar el ejemplo principal de una jurisdicción que no teme extender el control de legalidad a los poderosos. Ustedes tienen la gran responsabilidad de derrotar la tentación, siempre creciente, del olvido y la chatura de la lógica de la vida tranquila y del falso y sólo formal eficientismo burocrático. Estoy seguro de que aquel espíritu del '92 que animó la revuelta contra el sistema mafioso está celosamente guardado en el alma de cada magistrado y continúa sosteniendo hoy el esfuerzo cotidiano”.

“Frente a esta gran responsabilidad, deben alimentar la sagrada expectativa de sentirse cerca del Consejo Superior de la Magistratura, de percibirlo como un verdadero baluarte de la independencia del Poder Judicial en su conjunto y de cada magistrado en particular. Considerarlo un escudo contra esos ataques que se hacen diariamente desde fuera y desde dentro del poder judicial a esa independencia. Es por eso que el Consejo Superior de la Magistratura debe demostrar con los hechos que quiere cambiar la página, abandonando para siempre las lógicas que lo han transformado en un centro de poder distante y además hostil a los magistrados más libres, independientes y valientes”.

“El que acaba de pasar no ha sido un año como cualquier otro; los hechos que surgieron con la investigación de la Fiscalía de la República de Perugia deben indignarnos, pero no pueden sorprendernos. No podemos permitirnos ser hipócritas, representan una sección transversal, una fotografía clara pero parcial de una patología grave que corre el riesgo de socavar todo el sistema de autogobierno de la magistratura. Una enfermedad que se ha extendido como el cáncer con la prevalencia del clientelismo, la pertenencia a corrientes, el acompañamiento a la política y a través de elecciones dictadas cada vez más por la mera oportunidad en lugar del deber de actuar”.

“Lógicas perversas que han movido al Consejo Superior del Poder Judicial de la función imaginada por el Legislador Constituyente y que han sido alimentadas, fuera del CSM, por el comportamiento de muchos magistrados cada vez más impregnados por el mal oscuro del carrerismo y comprometido en una carrera loca por alcanzar puestos superiores”.

“Las corrientes dentro del poder judicial han sufrido una involución a lo largo de los años que han distorsionado su función; de una columna vertebral importante de la democracia interna del poder judicial, de ser los portadores de diferentes ideas y modelos sobre la función jurisdiccional y la forma de ejercerla, se han convertido en articulaciones ambiguas de poder dedicadas a su propia conservación. Su influencia en el CSM, tanto en la fase electoral como en el funcionamiento concreto del órgano, se han vuelto tan poderosas con el tiempo que se puede decir que las corrientes ahora llevan a cabo, de hecho, una actividad inadecuada al quitarle al CSM las decisiones más importantes”.

“Lo que ha surgido de los recientes acontecimientos ha demostrado un descrédito generalizado, pero al mismo tiempo constituye una oportunidad irrepetible para comenzar de nuevo con un nuevo espíritu, para cambiar antes que otros, movidos por la intención mal encubierta de reducir el control de legalidad del Poder Judicial para cambiar sus reglas y para achicar de tal modo sus prerrogativas constitucionales de autonomía e independencia. En este difícil camino de cambio que ya no se puede posponer, podemos encontrar un punto de referencia seguro en los deseos que el presidente de la República ha dirigido claramente a todos los magistrados italianos al hablar en el pleno el 21 de junio de 2019. El presidente Mattarella entre otras cosas afirmó: "Lo que surgió en el curso de una investigación judicial ha revelado una imagen desconcertante e inaceptable, ha producido consecuencias seriamente negativas para el prestigio y la autoridad de todo el orden judicial cuya credibilidad y capacidad de ganar confianza son indispensable para el sistema constitucional y para la vida de la República". Y luego agregó:"Hoy pasamos página en la vida del CSM, la primera de un camino en el que no se podrán ocultar las dificultades, los esfuerzos ni el compromiso".

“Debemos volver a empezar con esta advertencia autorizada y sincera. Es el momento del cambio, del coraje, de la responsabilidad. No será solo a través de nuevas leyes que se podrá poner fin a los consorcios, las cooptaciones desde arriba y, en definitiva, la ocupación real de las instituciones que se pueden entrever claramente a partir de los hechos surgidos en la investigación de Perugia”.

“Incluso la mejor de las reformas del sistema de designación de miembros togados del CSM sería inútil si no fuera acompañada por un cambio radical en la ética individual y corporal de la magistratura. Si continuamos considerando aceptable lo que siempre ha sucedido, como si siempre debiera suceder, si no se promueve un retorno fuerte y generalizado de la ética, nunca podremos salir del 'callejón sin salida' en el que hemos caído”.

“Incluso en este contexto difícil y, de alguna manera, dramático, el CSM en el 2019 llevó a cabo una actividad importante de la cual es necesario hacer una síntesis de sus líneas básicas”.

“En el contexto de las relaciones institucionales, fue fundamental la actividad consultiva del Consejo, que dio lugar a opiniones y propuestas”.

“Durante 2019, el Consejo Superior dedicó una constante atención a los cambios regulatorios en el campo de la justicia y la organización judicial”.

“Entre las opiniones más significativas quiero mencionarla propuesta de ley relativa a la "inaplicabilidad del juicio abreviado a los delitos sancionados con cadena perpetua".

“Se ha resaltado que la preclusión del juicio abreviado podría haber resultado previsiblemente en un aumento de la carga de trabajo de los Tribunales Penales y una mayor incertidumbre con respecto a la elección de colaboradores de justicia que generalmente privilegian el uso del rito abreviado para la definición de los procedimientos en su contra. El efecto deflacionista en el sector, el de los delitos castigados con cadena perpetua, fue anulado, en el que estadísticamente fue el más utilizado”.

“Por último, se destacó que el resultado de evitar los tratamientos sancionadores muy distantes de la pena legal máxima por delitos graves, podría haberse logrado de manera útil al revisar los criterios para determinar la pena”.

“El dictamen sobre el proyecto de ley relativo a: "Enmiendas al Código Penal y al Código de Procedimiento Penal relativo a la protección a las víctimas de violencia doméstica y a las personas"

“La intervención normativa se ha evaluado en general de manera positiva, colocándose en la misma dirección que las resoluciones anteriores adoptadas en los últimos años. En particular, la introducción de las nuevas hipótesis criminales de cicatrices permanentes en la cara, de las llamadas "venganza por" y de la construcción e inducción al matrimonio o unión civil, completando así el "catálogo" de crímenes de género y violencia doméstica y habiéndose ajustado, con estas disposiciones, el sistema legal italiano a las fuentes supranacionales”.

“Sin embargo, desde una perspectiva prepositiva, se informó de la grave crítica, en realidad concretamente encontrada por las oficinas judiciales, relacionada con la disposición de la obligación del fiscal de proceder con el examen de la persona ofendida dentro de los tres días posteriores a la denuncia del delito y a los relevantes efectos negativos de esta disposición”.

“El Consejo también emitió un dictamen respecto al proyecto de ley sobre el establecimiento en el Tribunal de Casación del Tribunal Superior de Conflictos, como un órgano de composición mixta (con la participación de seis magistrados del Tribunal de Casación, tres del Consejo de Estado y tres del Tribunal de Cuentas), presidido por turno por los magistrados de los tres órdenes, a quienes corresponde la resolución de las cuestiones de jurisdicción que surgen en sentencias judiciales civiles, penales, administrativas, contables, fiscales y especiales. Se hizo hincapié en que la institución del Tribunal Superior en la composición propuesta no es la adecuada para delinear un solo juez de todo el asunto jurisdiccional, mientras que su composición extendida a jueces administrativos y contables resulta incongruente con respecto a los conflictos de jurisdicción que involucran a los otros jueces especiales”.

“Además de las cuestiones críticas de naturaleza procesal aparecieron los problemas legales relacionados a la dudosa compatibilidad del Tribunal de Conflictos con la Constitución, con respecto a su connotación más cercana a la de un juez especial, cuyo establecimiento está prohibido por el artículo 102 de la Constitución”.

“La intervención articulada del Consejo en el campo de las intervenciones en apoyo de la organización de las Oficinas Judiciales es el resultado de la acción conjunta de varios Comisionados del mismo”.

“En cuanto al sector de la movilidad, el Consejo ha orientado sus decisiones con el fin de conciliar las necesidades opuestas: la de evitar las interrupciones resultantes de las vacantes en las oficinas de origen y los de satisfacer las legítimas expectativas de movilidad de los magistrados”.

“Al elegir las prioridades, se tuvo en cuenta: el mayor impacto de los descubrimientos en la funcionalidad de las oficinas pequeñas; las mayores necesidades de las oficinas de distrito, en consideración de sus competencias más amplias; la necesidad de garantizar la funcionalidad de aquellas oficinas que, más allá del dato de las vacantes en los órganos, por razones relacionadas con la calidad y cantidad de las demandas de justicia, se encuentran en una situación particularmente crítica”.

“Sobre la base de estos criterios, el Consejo ha cubierto 421 de los 556 puestos vacantes. Para limitar las molestias a las oficinas de origen de los magistrados transferidos, el Consejo ha dado puntual aplicación al artículo 10 bis de la O.G. que establece que la efectividad del cambio se suspenda cuando implique una vacancia mayor al 35% y siempre que la otra oficina en cuestión no tenga una cobertura igual o mayor”.

“El Consejo, con el fin de hacer frente a los funcionamientos defectuosos resultantes de la escasez de personal en sedes judiciales juzgantes y requirentes en primera y segunda instancia en condiciones de carencia particular, aprobó la publicación de 145 puestos en lugares desfavorecidos, al tiempo que comenzó una reflexión dirigida a superar los problemas críticos que surgieron en la aplicación del instituto, relacionado tanto con la falta de vocaciones como con las frecuentes solicitudes de traslado desde lugares con vacantes serias y otros en condiciones similares”.

“Aún sobre el tema de la implementación del personal de las oficinas judiciales, el Consejo, al dar su opinión sobre el proyecto de ley que establece las llamadas plantas orgánicas flexibles, ha evaluado positivamente la intención, subyacente al discurso, de superar las deficiencias del magistrado de distrito con la introducción de una herramienta flexible funcional para el objetivo de ofrecer a las oficinas judiciales un "grupo de trabajo" de magistrados destinados no sólo al reemplazo de colegas temporalmente ausentes, sino también a hacer frente, con la aplicación de magistrados de la planta orgánica del distrito, a los problemas de desempeño de las oficinas individuales relacionadas con razones estructurales o de emergencia”.

“El Consejo hizo, además, observaciones críticas con respecto a: la falta de indicación de los criterios sobre la base de los cuales se identificará la asignación del personal flexible nacional y de los distritos; la atribución al Ministerio de Justicia, después de consultar al CSM, para identificar los tipos abstractos de situaciones destinadas a integrar las condiciones críticas de rendimiento de las oficinas, y la previsión que condiciona la efectividad de las disposiciones del Consejo para la asignación de magistrados a las oficinas en dichas condiciones críticas según la opinión favorable expresada por el Ministro de Justicia”.

“Con respecto a la atribución de oficinas directivas y semi directivas, la Quinta Comisión, con miras a una mayor transparencia en el ejercicio de la discrecionalidad que se le atribuye en este sector, ha adoptado, como criterio para programar las prácticas a ser tratadas, un calendario cronológico de prioridades de las vacancias en el lugar a ser asignado, disponiendo también la indicación en el orden del día semanal de las prácticas que serán objeto de tratamiento prioritario, con publicación en el sitio web de estos datos. Para apreciar mejor los perfiles de los aspirantes, el recurso instrumentado en los trámites preliminares consistió principalmente en escuchar a los candidatos”.

“El trabajo realizado por la Séptima Comisión aportó una contribución importante al trabajo de las oficinas judiciales. También se dedicó un gran esfuerzo a la organización de dichas oficinas, como lo demuestra la gran cantidad de casos procesados, 8672, con una reducción significativa en la cartera de pedidos relacionados con los archivos relacionados con los cambios habidos”.

“En cuanto a las oficinas requirentes, el Consejo examinó numerosos proyectos organizativos de las Fiscalías a la luz de las disposiciones de la Circular sobre dichas oficinas del 16 de noviembre de 2017 que, de conformidad con los datos normativos primarios, promovió un método participativo para ejercer la función dirigencial”.

“Con respecto a las oficinas juzgantes, con una resolución del 15 de mayo de 2019, fueron aprobadas las directrices operativas en relación con la oficina del proceso para ayudar a los jefes en los procedimientos para la adopción de decretos institutivos”.

“El 12 de noviembre de 2018, la Cuarta Comisión, para concluir la práctica relativa a las normas de rendimiento, abierta desde 2007, y actualizar la actividad ya realizada sobre el tema en los procedimientos del Consejo, había indicado la necesidad de establecer un grupo de trabajo ad hoc, con la tarea de revisar todas las actividades ya realizadas en esta década. El equipo terminó el trabajo y archivó los informes”.

“Con referencia a los procedimientos disciplinarios, que siempre tienen un impacto significativo en la carrera del magistrado, cabe señalar que el número de procedimientos pendientes en la Sección Disciplinaria al 1º de enero de 2019 era de 41, mientras que al 30 de noviembre era de 77”.

“Hubo un aumento en las denuncias. Sin embargo, el número de definiciones ha excedido el de contingencias”.

“En cuanto al resultado de las sentencias en cuestión, debe señalarse que hubo 34 absoluciones sobre el fondo, 58 órdenes de no ha lugar al procedimiento; 4 sentencias de no tener que proceder y 27 de condena con aplicación de las diversas sanciones previstas por la ley”.

“El Consejo ha cultivado también relaciones con organismos e instituciones internacionales durante 2019. En este sector, es particularmente necesario recordar la actividad realizada dentro de la Red Europea de Consejos de Justicia, así como la realizada en el contexto de la Red Europea de Formación Judicial (REFG)”.

“Posteriormente, el Consejo continuó participando en las actividades del Consejo Consultivo de Jueces Europeos (CCJE), un organismo responsable de la independencia, imparcialidad y el papel de los jueces en los Estados miembros del Consejo de Europa y los del Consejo Consultivo de Fiscales Europeos(CCPE - Consejo Consultivo de Fiscales Europeos)”.

“El Consejo Superior también tuvo la intención de dar un nuevo impulso y fortalecer el compromiso en las áreas internacionales de particular interés estratégico con aquellos países donde la necesidad de asistencia en el campo de la organización del sistema judicial es mayor, al participar directamente en numerosos proyectos en Montenegro, Albania y Kosovo”.

“El cuadro que he proporcionado sacrifica su integridad a la necesaria concisión. No puedo concluir esta intervención sin antes formular una promesa personal: la del compromiso máximo y la vigilancia constante para tratar de hacer que la actividad del Consejo sea más lineal y transparente, atenta a tutelar a los magistrados más expuestos, libre de cualquier condicionamiento y en el interés exclusivo de la jurisdicción y de cada magistrado que la ejerce”.

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*Fotos: Foto © Imagoeconomica