mascaraPor Lorenzo Baldo - 10 de Junio de 2015
Aquí tenemos al Consejo Superior de la Magistratura que se constituirá en juicio en contra del Fiscal Nino Di Matteo culpable de haber presentado un recurso ante el TAR (Tribunal Administrativo Nacional) de la región del Lazio con la solicitud de suspensión cautelar de la deliberación con la que el plenum excluyó del concurso para cubrir tres puestos en la Dirección Nacional Antimafia. La decisión fue votada por el Plenum mientras que se abstuvieron los asesores magistrados, Pier Giorgio Morosini (de la corriente Área) y Aldo Morgigni (de Autonomía e Independencia).

Leyendo las motivaciones del organismo de auto-gobierno de los magistrados uno puede darse cuenta de que su máscara de hipocresía, que a lo largo de estos años se ha visto repetidamente, se cayó definitivamente. “Los méritos y la notable experiencia” en la lucha en contra de la mafia del Fiscal que tiene a cargo el juicio sobre la negociación Estado-mafia “no han sido subestimados, o ignorados”, dice el documento; a pesar de ello, según los asesores, los magistrados que fueron preferidos en el concurso para la Fiscalía Nacional Antimafia (Eugenia Pontassuglia, Salvatore Dolce y Marco del Gaudio) contarían con más títulos que él.

Lo que jugaría en contra de Nino Di Matteo para cumplir con el cargo de asesor en la DNA (Dirección Nacional Antimafia) sería el haber desarrollado “exclusivamente” la función de Fiscal y jamás de Juez. Tampoco le garantizaría otros méritos el hecho de contar con una experiencia de 17 años al frente de la Fiscalía de Distrito Antimafia de Palermo: “no le atribuye necesariamente, con respecto a los demás candidatos, un plus de competencias significativas”.

Quienes redactaron el documento definen como “algo totalmente erróneo” al reclamo realizado por Di Matteo en el recurso a sus exigencias de seguridad; exigencias de las que el mismo CSM se habría “hecho cargo de todos modos en forma inmediata, al punto tal de iniciar de oficio” un procedimiento especial para su traslado de Palermo. Aún queda la duda de que detrás de una decisión como ésta haya una actitud “pilatesca”, o peor, a un modus operandi que recuerda a ese “Judas” citado por Paolo Borsellino al día siguiente del atentado de Capaci en el que perdió la vida Giovanni Falcone. O ¿quizás ambas hipótesis? Si así fuera la definición de “Judas” se extendería a más personas. Que – como mínimo – se doblegaron ante determinadas lógicas de poder. Por lo tanto la resolución del CSM no es más que lo que se ve: totalmente funcional al aislamiento y al desprestigio de un magistrado condenado a muerte por el jefe de Cosa Nostra. Las motivaciones adoptadas en el momento de constituirse en juicio en contra de Di Matteo describen el estado de degradación (por usar un eufemismo) de la mayoría de la magistratura italiana, sometida a sus corrientes internas fundidas en el abrazo mortal con el sistema político.

Así como señalaron los abogados de Nino Di Matteo (Mario Serio y Giuseppe Naccarato) en el recurso presentado ante el TAR del Lazio, el CSM está acusado de haber violado el artículo 97 de la Constitución sobre el buen funcionamiento de la Administración Publica y de haber cometido “abuso de poder”, incurriendo en una violación de una circular interna. “La razón principal que indujo al concursante a presentar el recurso – escribieron los abogados – es de naturaleza conjunta, moral y profesional. A causa de la humillante pretermisión del valor de los años de sacrificio, riesgos, compromiso por los que ha pasado la carrera del concursante al servicio de la justicia” pero también del “sistemático, algébraicamente artificioso y calibrado menosprecio del intachable y sólido perfil profesional del concursante”.

Merece una especial mención la respuesta de los abogados del Fiscal Di Matteo, con respecto a la propuesta de un traslado de su persona a cualquier parte de Italia, por razones de seguridad, que llegó apenas unos días antes del pronunciamiento del mismo CSM en relación al concurso para la DNA, y muchos días después de la condena a muerte por parte de Totò Riina y de las revelaciones del arrepentido mafioso Vito Galatolo que reveló el plan de atentado en su contra.

“Parece incluso una burla – especificaron los abogados Serio y Naccarato – que, después de varios meses de que se supieran las despiadadas amenazas lanzadas por la mafia, el CSM se haya acordado promoviendo un procedimiento oficioso de traslado extra ordinem, precisamente en la víspera de la deliberación sobre el concurso, revelando así, de forma evidente, su  predisposición negativa a la aceptación de su solicitud. ¡Se trata de una poco elegante -para quien la hizo- e inadmisible propuesta compensativa, cuya incompatibilidad con el principio esculpido por el art. 97 de la Constitución se demuestra en igual manera como algo clamoroso e insostenible!”.

No hay que olvidar que en el recurso de Nino Di Matteo se afrontan además los criterios de juicio utilizados para la evaluación. De hecho a Di Matteo, quien llegó en el puesto número once del escalafón, no se le atribuyó el puntaje según los parámetros de la circular, y así se desestimó la esencial opinión del Consejo Judicial de Palermo, el CSM local, del 18 de octubre de 2012. Una opinión que el mismo CSM define tranquilamente como “no vinculante”.

Por lo tanto los abogados del magistrado explicaron que las consideraciones del organismo de auto-gobierno de los magistrados se encuentran “al límite de la mortificación humana y profesional” como la “falta de atribución del incremento de un punto dado que la circular del CSM lo prevé ‘en los casos en los que ocurra que el magistrado ha trabajado por largos y consecutivos períodos de tiempo en tareas especialmente complejas y delicadas’.” En el recurso de Di Matteo no solo se reclama el hecho de haber ignorado la antigüedad del Fiscal con respecto a sus colegas, sino también la absurda apreciación de que a los “contrincantes se les reconoce un profundo conocimiento de la criminalidad organizada, del cual sorprendentemente no se hace mención alguna a Dr. Di Matteo”. Según lo escrito por los abogados del magistrado palermitano “el tan deseado traslado del concursante hacia la DNA permitiría superar el actual estado de peligro para la vida del concursante y de sus familiares, como incluso reconoce el CSM”. Pero, en realidad ha “incurrido en una verdadera omisión de elementos significativos” que de hecho convierten a la deliberación misma del CSM en algo “ilegítimo”. Una deliberación sobre la que el TAR del Lazio se pronunciará inicialmente el próximo 18 de junio para decidir si suspenderla o no.
Ese día sabremos si prevalecerán los principios de un Estado de derecho.

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